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viernes, 24 de octubre de 2025

NUEVAS AGRESIONES, MISMOS ERRORES

NUEVAS AGRESIONES, MISMOS ERRORES

La UPV/EHU debe Proteger a su Personal

En febrero, la Sección Sindical de CCOO en la UPV/EHU publicó un comunicado bajo el título "Un precedente que nos alarma". En él, advertíamos con preocupación de un patrón de agresiones y señalamientos a personal docente por parte de sectores minoritarios del alumnado, y de una respuesta institucional que considerábamos insuficiente. Lamentablemente, el tiempo nos ha dado la razón y hoy nos vemos en la obligación de denunciar que la situación no solo persiste, sino que se agrava ante la pasividad del equipo rectoral.

En el contexto de una reciente y mediática controversia externa a la universidad, dos profesores de la UPV/EHU han sido objeto de una campaña de acoso, señalamiento público en el campus y presiones intolerables por expresar sus opiniones personales en sus redes sociales. Este patrón de actuación —utilizar la ideología como pretexto para el linchamiento de personas trabajadoras— reproduce fielmente el escenario que ya denunciamos, demostrando que no se han aprendido las lecciones ni se han tomado las medidas necesarias para actuar ante estas situaciones.

La posición de la Sección Sindical de CCOO es inequívoca en la defensa de los derechos de todas las personas trabajadoras, la presunción de inocencia, la libertad de expresión y el rechazo frontal a cualquier forma de violencia, coacción o acoso. Pero ante la reincidencia, la defensa ya no es suficiente. Ahora es el momento de la exigencia. Lo más grave es constatar que el Equipo Rectoral, lejos de haber aprendido de experiencias pasadas, reincide en los mismos errores.

En la Comisión Negociadora celebrada el pasado 23 de octubre, la respuesta del Vicerrector de PDI ante nuestra denuncia fue decepcionante y reveladora de una peligrosa dejación de funciones. En lugar de abordar el asunto con la urgencia que requiere, intentó relegarlo a un mero trámite de "ruegos y preguntas", mostró falta de información y adoptó una postura evasiva, dirigiendo la responsabilidad hacia el Decanato y el Aldezle.


Esta actitud se torna esperpéntica al constatar que, mientras la Comisión Negociadora tenía lugar, en el exterior del centro de trabajo de los profesores señalados se iniciaba una concentración convocada por los mismos colectivos que los acosan, con el lema explícito de
"Irakasle Erreakzioarioak EHUtik KANPO", permitida, al menos tácitamente, por el propio Rectorado.

Más aún, el Vicerrector de PDI, en un intento de crear una intolerable equidistancia, insinuó la existencia de "hechos violentos" por parte de un profesor, sin aportar prueba alguna y empañando la imagen de la víctima.


Sobre la normativa vigente:

Ante esta confusión de las responsabilidades, nos vemos obligados a recordar lo que la normativa vigente —la LOSU, los Estatutos de la UPV/EHU, el Código Ético y la Ley de Convivencia Universitaria— establece:

  1. Corresponde al Decanato, como máxima autoridad del centro, la intervención inmediata para detener el acoso en sus instalaciones, como la retirada de carteles o la identificación de los responsables de los disturbios, tal y como se establece en el Reglamento de Convivencia de la UPV/EHU. Es la primera línea de actuación, pero su función es limitada.

    Sin embargo, lejos de proteger al docente, desde la facultad se autorizó el desarrollo de una asamblea de estudiantes en el aula contigua a la que estaba impartiendo clase el profesor, sufriendo ruidos y golpes en la pared. Este hecho, lejos contribuir a calmar la situación, añade más presión y exposición sobre el trabajador acosado.

  1. Competencia del Vicerrectorado de PDI: Un caso de acoso y amenazas a una persona trabajadora no es un asunto de gestión ordinaria de un centro; es un problema de personal, de relaciones laborales y de seguridad y salud en el trabajo. La responsabilidad última de proteger al PDI, garantizando su seguridad y sus derechos laborales, recae directamente en el Rectorado y, por delegación, en el Vicerrector de PDI

    Es él quien ostenta la competencia para activar los protocolos de protección, analizar el conflicto laboral y garantizar que el PDI pueda ejercer su trabajo en un entorno seguro, tal y como se deriva de los Estatutos.

El procedimiento a seguir, en nuestra opinión, debería ser el siguiente: la Universidad debe proteger al trabajador, abrir un expediente informativo que esclarezca los hechos y dar traslado del mismo a la Comisión de Convivencia, órgano creado precisamente para mediar en estos conflictos.

  • Por todo lo expuesto, CCOO UPV/EHU ha exigido formalmente en la mesa de negociación:
  • Una condena pública, firme e inmediata por parte del Rectorado de los actos de acoso y coacción sufridos por los profesores, rechazando cualquier intento de amedrentar a los trabajadores de esta universidad.
  • La articulación de medidas de protección efectivas e inmediatas que garanticen la seguridad del profesorado afectado y el normal desempeño de su actividad docente.
  • La apertura de un expediente disciplinario al alumnado que ha sido identificado como responsable de estos actos intolerables.
  • Que el Vicerrector de PDI asuma de manera explícita la responsabilidad que le otorgan los Estatutos en la protección y amparo del personal a su cargo, abandonando cualquier intento de delegar o eludir sus funciones.

No permitiremos que el acoso, el señalamiento y la censura previa se normalicen en nuestra universidad, como tampoco aceptaremos que la pasividad y las evasivas se conviertan en la respuesta estándar de nuestro equipo rectoral. La UPV/EHU debe ser un espacio de libertad y seguridad para todas las personas que la integran. Desde CCOO, seguiremos trabajando y exigiendo que así sea.

 

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jueves, 23 de octubre de 2025

COMISIÓN PLANIFICADORA PTGAS 22 OCTUBRE

COMISIÓN PLANIFICADORA PTGAS 22 OCTUBRE

Desde CCOO os informamos de algunas cuestiones tratadas ayer 22 de octubre de 2025 en la comisión de planificación de PTGAS que consideramos de vuestro interés.

 

Son las siguiente: 

  1. Personal laboral: El plazo para presentar solicitudes de jubilación parcial (contrato relevo) se encuentra abierto podéis encontrar toda la documentación en la web y finaliza el viernes 31 de octubre.
  2. La convocatoria del concurso de traslados para los funcionarios y la provisión para los laborales tendrá lugar tras la publicación en el BOPV del acuerdo de mínimos. Se desconoce el plazo de desarrollo del concurso de traslados, provisión, promoción interna y OPE pero tiene intención de reforzar el personal de selección y provisión para agilizar el proceso considerando que tiene que estar todo resuelto para diciembre de 2026.
  3. Muchas bolsas de trabajo se encuentran prácticamente agotadas por ello se van a realizar nuevas convocatorias de bolsas de trabajo de manera escalonada.


Nuestras reclamaciones en la comisión: 

  1. Hemos reclamado un calendario de negociaciones con fechas previstas para comenzar a negociar temas tan importantes como la carrera horizontal, el teletrabajo, circular de jornada, reglamento de bolsas de trabajo, etc.
  2. Hemos pedido que se estudie y se de respuesta clara y fundada en derecho sobre si el personal que obtuvo plaza por promoción interna podrá presentarse al concurso de traslados.
  3. También hemos exigido la actualización de la guía de conciliación que se encuentra obsoleta y no adecuada a la legalidad vigente.
  4. Más allá de reivindicar la necesidad de negociar un nuevo acuerdo de teletrabajo, hemos solicitado que se adopten medidas para que todas las personas que se han movido de puesto como consecuencia de los procesos de estabilización puedan solicitar teletrabajo aún no cumpliendo el plazo mínimo de un año establecido actualmente como requisito.

 

Nuestro rechazo al descuento por el paro del 15 de octubre: 

La administración nos ha confirmado su intención de descontar de la nómina de noviembre la participación en las movilizaciones del 15 de octubre. Desde CCOO hemos mostrado nuestro rechazo a esta medida.

Nuestro rechazo se basa en una doble vara de medir del Rectorado que, a nuestro juicio, es inaceptable. Cuando fue el equipo rectoral quien convocó un paro en septiembre (recordad nuestro comunicado), decretaron un cierre patronal y garantizaron por escrito que no habría descuento en nómina, todo para asegurarse una bonita foto ante los medios. Sin embargo, cuando la convocatoria proviene de los sindicatos, su compromiso se diluye y optan por penalizar económicamente a la plantilla.

Esta hipocresía se agrava con una doble discriminación:

  1. Trato de favor al alumnado: Mientras el Rectorado dedicaba una resolución oficial y una web con información detalladísima para garantizar que los estudiantes tuvieran un "paro académico" sin ninguna consecuencia, al PTGAS y a los propios sindicatos se le sometió a un completo apagón informativo, sin notificaciones ni directrices.

  2. La sempiterna discriminación con el PDI: La fórmula del "paro académico" protege de facto al PDI (si no hay alumnos, no hay clase), pero la sanción económica recae, una vez más, sobre el PTGAS, cuyo trabajo es fácilmente fiscalizable a través del sistema de fichaje.

     

Por fin en nómina: incremento del 0,5% de 2024

Tal y como os informamos en julio, en la nómina de este mes veremos por fin reflejado el incremento salarial del 0,5% que se nos debía con carácter retroactivo desde enero de 2024. Recordad que esto no es la subida de 2025, por la que desde CCOO seguimos luchando.

 

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martes, 21 de octubre de 2025

UNIVERSIDADES PRIVADAS: MENOS CONTROL, EXPANSIÓN ASEGURADA

UNIVERSIDADES PRIVADAS: MENOS CONTROL, EXPANSIÓN ASEGURADA

La modificación del RD 640/2021 mejora la situación actual, pero no resolverá el problema de la proliferación de universidades privadas. El 28 de octubre de 2025 entrará en vigor el RD 905/2025, que modifica el RD 640/2021 de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.

CCOO ha reclamado desde el primer momento al Gobierno la necesidad de una mayor ambición en la reforma del RD 640/2021

Esta reforma debía ser de las más importantes de esta legislatura tras la entrada en vigor de la LOSU ya que se suponía que venía a endurecer los requisitos para la creación de nuevas universidades privadas. La realidad es que no responde a estas expectativas:

  • MEJORA LA REDACCIÓN INICIAL DEL RD 640/2021, lo cual no era difícil. Los requisitos que contemplaba eran tan generalistas y mínimos que su aplicación ha llevado a reconocer como universidades a proyectos más cercanos a una academia de estudios que a una universidad. Ya durante su tramitación CCOO señaló que dicho Real Decreto no terminaba de atajar el problema del aumento indiscriminado de centros de titularidad privada y la realidad ha corroborado dicha advertencia: su aplicación no ha impedido que, en los cuatro años transcurridos desde su entrada en vigor, se haya pasado de 39 a 46 universidades privadas ofertando plazas en el curso 2025/2026, a las que habría que añadir otras cuatro universidades privadas que fueron informadas el pasado 9 de septiembre por la Conferencia General de Política Universitaria (ANEXO I). Un total, hasta el momento, de 10 universidades privadas nuevas bajo el paraguas de una norma que en principio venía a “gestionar, ordenar y planificar con mayor capacidad las iniciativas en aumento de creación de universidades o de centros universitarios” bajo el principio de la calidad.
  • PERO NOS TEMEMOS QUE NO VA A IMPEDIR QUE SIGAN PROLIFERANDO NUEVAS UNIVERSIDADES Y CENTROS UNIVERSITARIO DE DUDOSA CALIDAD. Se introducen con la reforma toda una serie de exigencias que aparentemente exigirán unos criterios más estrictos en los proyectos que se presenten a partir de su entrada en vigor. Pero la no exigencia del carácter preceptivo y vinculante de todos los informes requeridos dejarán, en buena parte de los casos, la capacidad última de su aprobación final en manos de las comunidades autónomas
Esto preocupa especialmente en Euskadi donde ya conocemos la posición del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, Juan Ignacio Pérez Iglesias respecto a las privadas (ver apartado "Esquema de Certificados Frente al Decreto Estatal" de este comunicado [1]), así como sus declaraciones en Onda Vasca del pasado 29 de mayo en las que se evidencia una política alejada de la defensa de la universidad pública [2].

 

Lo que cambia y lo que debería haber cambiado

Sin duda la reforma de la norma establece nuevos requisitos y modifica algunos ya existentes (ANEXO II).para garantizar un mínimo de calidad, lo que se debe valorar de manera positiva. Entre estos cambios destacamos:

  1. Las universidades tendrán que ofertar 3 programas de doctorado, no 2 como hasta la reforma. Se mantiene la obligación de ofertar al menos 10 grados y 6 másteres de 3 de las 5 áreas de conocimiento (ciencias, arte y humanidades, ciencias de la salud, ingenierías y ciencias sociales).
  2. Las universidades de nueva creación deberán demostrar solvencia económica mediante un aval depositado en la Caja de Depósitos o instrumento legal similar.
  3. El nuevo decreto establece un umbral de 4.500 estudiantes durante los primeros seis años de funcionamiento. Hasta ahora el decreto hablaba de una “masa crítica” suficiente. En el curso 2023/24, la media de matriculados fue de 19.800 en las públicas y 11.000 en las privadas. En 13 de las privadas no llegaban a los 3.000 inscritos en la universidad. Se contemplan diferentes plazos de cumplimiento, mínimo de seis años (en el proyecto inicial eran cinco), con posibilidad de extenderlo a dos más. Tres años si se han creado en los últimos ejercicios.
  4. El decreto modificado obliga a que los proyectos de universidad cuenten ahora con informe favorable, preceptivo y vinculante, de la agencia de evaluación nacional (ANECA) o de la agencia autonómica de evaluación. Los expertos contarán con un año para elaborarlo y se centrará en la calidad del profesorado, la investigación y los equipamientos. Si la iniciativa no es considerada apta, los promotores no podrán presentar otra propuesta en dos años. Si el informe es positivo, toca al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades,en el plazo de 6 meses, elaborar un informe no vinculante que se elevará a la Conferencia General de Política Universitaria para su aprobación o no. Se enfocarán en la sostenibilidad económica, así como en la experiencia previa. Hasta la entrada en vigor del RD evaluaban también a la plantilla y los medios, que ahora evaluarán las agencias.
  5. La creación de nuevas universidades a distancia deberá contar con la aprobación de las Cortes Generales y la evaluación de la ANECA. Seguirán siendo competencia de las CCAA aquellas que ya estuvieran creadas en la fecha de entrada en vigor del RD; aquellas que estén en territorios con lengua propia cooficial y cuando al menos el 50% de la docencia se vaya a impartir en dicha lengua (porque ello limita el alcance supracomunitario de su actividad académica); y las que tengan financiación parcial de la comunidad autónoma, con un mínimo del 20% del presupuesto de la universidad. Los ejemplos son claros: la UOC en Cataluña y la Internacional de Valencia en la Comunidad Valenciana.
  6. Se exigirán criterios de calidad al profesorado docente e investigador. En concreto, al menos el 50% deberá ser doctor para el conjunto de las enseñanzas; y, al menos, el 60% debe tener experiencia acreditada en investigación.

Pero entendemos que se dejan abiertas determinadas puertas que no garantizan el objetivo de calidad y mejora del sistema universitario, que es lo que se supone que persigue esta modificación legislativa. Así, y a título de ejemplo, vemos como:

  1. No se podrá pedir experiencia previa a los promotores de una nueva universidad, por lo que cualquier persona o empresa podrá promover una universidad, aunque su actividad profesional nada tenga que ver con el ámbito universitario. Se mantiene esta exigencia, ya contemplada el proyecto inicial de reforma sólo a los gestores.
  2. Desde CCOO entendemos imprescindible que todos los informes preceptivos deben ser vinculantes, lo que no ocurre con esta reforma, en los que sólo los informes de las agencias de evaluación lo son. Es decir, el informe de la Conferencia General de Política Universitaria que valorará la sostenibilidad económica del proyecto no será vinculante, con lo que esto supone de riesgo para la viabilidad futura del proyecto.
  3. El informe de la Conferencia General de Política Universitaria que se contemplaba para la creación, adquisición y adscripción de centros por una universidad privada en una comunidad autónoma distinta de aquella en la que tiene su sede social, ya no tendrá que ser favorable. Es decir, que, aunque el informe sea demoledor en contra del nuevo centro, las comunidades autónomas afectadas podrán autorizar el proceso si así lo consideran. Esto es especialmente grave ya que esta es la fórmula que empieza a extenderse para la expansión de las universidades privadas en funcionamiento.Y seguirá ocurriendo lo que hasta ahora es norma: que todas las universidades con informe desfavorable de dicha Conferencia al final terminan siendo autorizadas por las comunidades autónomas. Y para muestra las siguientes: en los últimos 15 días se han aprobados tres nuevos centros adscritos: uno en las Islas Baleares (CEU San Pablo en Mallorca) y otros dos en el Principado de Asturias (el de la Universidad Alfonso X El Sabio, en Oviedo, y el de la Universidad Nebrija, en Avilés). Los tres comenzarán su actividad académica en el curso 2026/2027.
  4. Las universidades de nueva creación deberán contar con alojamiento para al menos el 10% de su alumnado, garantizando movilidad y promoviendo la igualdad de oportunidades ante el encarecimiento y la escasez de vivienda. Sin embargo, no se obliga a las universidades a que dicha dotación habitacional sea prestada total o parcialmente por las universidades y con unos precios que garanticen la igualdad de oportunidades, sino que se podrá atender mediante convenios con entidades privadas, cuyo objeto es la obtención del beneficio económico.
  5. Los informes para la creación de universidades a distancia, en lugar de lo previsto en el proyecto de reforma que se vinculaban en todos los casos a la ANECA y al ministerio, seguirán vinculados a las agencias de calidad autonómicas si el 50% de las clases son en lengua cooficial, si el 20% de la financiación la reciben de una autonomía o han sido creadas antes de la modificación del decreto. No podemos olvidar que este tipo de enseñanza a distancia es una parte esencial del negocio de las universidades privadas.
  6. Las nuevas titulaciones deberán pasar por la Conferencia General de Política Universitaria (CPU), pero su informe no será vinculante.

En general, se establecen plazos más amplios que en el proyecto de Real Decreto de adaptación a la norma: tres años para las universidades en activo, cinco para las de reciente creación, seis para alcanzar la masa crítica de 4.500 estudiantes, y hasta siete años para cumplir algunos de los objetivos de investigación.

Y lo que no deja de ser significativo: el servicio universitario se considera como un “servicio esencial”, pero no como lo que es, “un servicio público básico”.

CCOO ha reclamado desde el primer momento al Gobierno la necesidad de una mayor ambición en la reforma del RD 640/2021. Resulta imprescindible que los criterios de necesidad, idoneidad y calidad primen en la decisión final de creación de una universidad por encima de las consideraciones políticas o económicas, que dependen básicamente de las mayorías parlamentarias y de los intereses de determinadas empresas o personas físicas o jurídicas.

Para CCOO esta modificación legal, para ser efectiva, debe armonizar y aumentar la exigencia de los requisitos mínimos necesarios para poder hablar de “universidad”, así como fijar unos niveles básicos de calidad en todos los componentes de nuestro sistema universitario, en el que coexisten las universidades públicas con una buena calidad media, y las privadas, una parte importante de las cuales tienen un bajo nivel académico, lo que se refleja en una actividad de investigación residual, que perjudica claramente al conjunto del sistema universitario. Y tememos que la reforma ahora aprobada, a la vista de su contenido, no garantiza que esto vaya a cambiar.

La universidad pública de calidad es un bien de toda la sociedad y constituye una de las principales formas de contribución al progreso social. No podemos dejar que la destruyan quienes quieren convertir el derecho de todas y todos en el negocio de una minoría.

 

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jueves, 16 de octubre de 2025

GUIA CCOO PERMISOS DE NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR

GUIA CCOO PERMISOS DE NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR

La reciente transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 a través del Real Decreto-ley 9/2025 ha introducido mejoras aunque no ha alcanzado los cambios que todos esperábamos.

Dado que la administración de la UPV/EHU todavía no ha actualizado ni la Guía de Conciliación ni su reglamento de permisos, generando una notable inseguridad jurídica, desde CCOO os ofrecemos este análisis detallado para que conozcáis vuestros derechos y podáis ejercerlos con todas las garantías.

Aquí tenéis un resumen de cómo quedan los permisos:

 

Permiso Retribuido: ¿Cuántas semanas tengo y cómo las disfruto?

1. Familias Biparentales: Un total de 21 semanas retribuidas para cada progenitor.

Este permiso se estructura en los siguientes bloques, combinando la legislación estatal con las mejoras obtenidas en la UPV/EHU:

  • Bloque 1 - Obligatorio (6 semanas): Son las seis semanas inmediatamente posteriores al parto o resolución. Deben disfrutarse de forma ininterrumpida y a jornada completa.
  • Bloque 2 - Flexible hasta los 12 meses (13 semanas): Este bloque suma las 11 semanas voluntarias de la legislación básica más las 2 semanas de la mejora en la UPV/EHU. Se pueden disfrutar seguidas o por separado (pero siempre en periodos semanales), a jornada completa o parcial (si el servicio lo permite), hasta que el/la menor cumpla un año.
  • Bloque 3 - ¡NUEVO! Flexible hasta los 8 años (2 semanas): Esta es la gran novedad. Son dos semanas adicionales retribuidas al 100% (a través de la prestación de la Seguridad Social) que se pueden disfrutar de forma flexible (acumulada o interrumpida) hasta que el/la menor cumple ocho años .
¡Atención! Aunque el decreto ha entrado en vigor desde el 31 de julio de 2025 amplia el disfrute de estas 2 semanas y el cobro de la prestación correspondiente a los nacimientos/adopciones desde el 2 de agosto de 2024 pudiendo solicitarse y abonarse la prestación a partir del 1 de enero de 2026.

2. Familias Monoparentales: Un total de 36 semanas retribuidas.

La ley reconoce por fin lo que la jurisprudencia ya había venido reconociendo al equiparar los derechos, sumando el permiso de ambos progenitores.

Distribución: 6 semanas obligatorias, 26 semanas flexibles hasta los 12 meses (22 de ley + 4 de mejora UPV/EHU) y 4 semanas nuevas flexibles hasta los 8 años.

3. Ampliación por Discapacidad o Parto Múltiple: El permiso se ampliará en dos semanas más (una para cada progenitor), quedando en 23 semanas para familias biparentales. Se entiende por parto múltiple aquel en el que hay dos nacimientos por lo menos.

Permiso NO Retribuido: 8 semanas adicionales

Se crea permiso parental de ocho semanas pero pese a lo que se esperaba NO será retribuido. Son ocho semanas que ambos progenitores pueden disfrutar de forma continua o por semanas sueltas, hasta que el/la menor cumpla los ocho años.

Derecho de Lactancia a Tiempo Parcial

En base a la Sentencia del Tribunal Supremo 583/2025, de 20 de mayo, el personal con jornada a tiempo parcial tiene derecho a disfrutar de la hora completa de lactancia, sin reducciones.

Si se acumula la lactancia en días, se considera no discriminatorio que la administración establezca el mismo número de días para todo el personal (jornada completa y parcial). 

Exigimos a la Administración

Desde CCOO exigimos a la Gerencia y Vicerrectorado de PDI que cumpla con su obligación de mantener actualizada la información, modificando de inmediato la Guía de Conciliación y el resto de normativas. La dejadez de la administración no puede ser un obstáculo para el ejercicio de nuestros derechos.

Mientras tanto y ante la duda, contacta con CCOO

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martes, 14 de octubre de 2025

REGLAMENTO PROMOCIÓN PDI

¿Existe el derecho a la promoción profesional del PDI en la UPV/EHU?

En la UPV/EHU, la promoción profesional del PDI, más que un derecho reglado, tal y como se configura por la normativa aplicable, se ha convertido en un sueño de futuro, un deseo, una ilusión, que sometida a cupos restrictivos y condiciones “añadidas”, ha resultado en una situación insostenible, en la que 187 personas (aunque este número no para de crecer) esperan con paciencia que les llegue el turno.

Sorprendentemente, el Consejo de Gobierno del pasado 9 de octubre, compuesto en su mayoría por PDI, ha dado su visto bueno al Reglamento de Promoción del PDI, con 30 votos favorables y 11 abstenciones.

Antes de dar paso a las razones por las que no hemos apoyado este reglamento, queremos invitarte a leer este artículo de opinión en Hordago (El Salto). En él reflexionamos sobre el modelo de universidad pública y hacia dónde nos están llevando las decisiones políticas de este (y anteriores) equipos rectorales.

CCOO no apoyó este Reglamento en la Comisión Negociadora por las razones siguientes:

1. Falta de ambición y renuncia a la aplicación de la LOSU

  • Este Reglamento limita el derecho a la promoción del PDI. No garantiza que, en aplicación del artículo 71.2 de la LOSU, cada año se oferte un número de plazas de promoción igual al de turno libre.
  • El principal obstáculo para la promoción del PDI no es una falta de financiación externa, sino la decisión de este Rectorado de no utilizar la máxima capacidad que la ley le otorga. Mientras durante años se ha culpado a la tasa de reposición estatal, ahora es la propia UPV/EHU la que se autoimpone una tasa restrictiva.

2. Inclusión del criterio de antigüedad en la UPV/EHU a efectos de ordenación de la lista de espera

  • El hecho de que este equipo rectoral haya renunciado a aprovechar la posibilidad que la LOSU le ofrece para eliminar la lista de espera de “una media de 6,6 años” como él mismo reconoce, pero que, para algunas personas es ya de 10 años, supone que la determinación de los criterios de prelación del Reglamento constituya la clave del mismo.
  • En un primer borrador presentado a la Comisión Negociadora, el criterio principal era la fecha de acreditación. Así, la antigüedad en la categoría permanente de acceso, era de aplicación solo en las situaciones de empate.
  • Posteriormente, el propio Vicerrector de PDI nos comunicó que la CPU le había “propuesto” la posibilidad de dar más peso al criterio de la antigüedad en la UPV/EHU. Ante esta “sugerencia”, CCOO se opuso frontalmente. Sin embargo, la misma se incluyó en la versión definitiva, desvirtuando de este modo el peso de la antigüedad en la acreditación. 
  • Veremos los efectos que tiene este sistema de ordenación por mera antigüedad en la UPV/EHU. Pareciera que se quiere evitar que más de alguna persona alcance la jubilación sin haber podido ejercer su derecho a la promoción, dado que el plazo de espera puede alcanzar los 10 años.

3. Equiparación de las figuras de Cátedra y Pleno a efectos de fecha de acreditación

  • El Reglamento parte de la premisa de que las acreditaciones a Cátedra y Pleno son equivalentes, de modo que la fecha de antigüedad obtenida para Pleno (normalmente es la que se obtiene antes en el tiempo por resultar menos exigente), se aplica para la obtención de una plaza de Cátedra.
  • Es evidente que, desde un punto de vista jurídico, no se puede considerar que la acreditación para Cátedra se obtuvo en una fecha anterior a la establecida por la ANECA. Resulta un disparate jurídico y va a ser fuente de conflictos entre el personal. La fecha de efectos de una acreditación es la que viene determinada en la correspondiente Resolución.
  • El Rectorado tendrá que valorar la posibilidad de que haya personas que, siendo perjudicadas por esta medida, acudan a los Tribunales y pongan en riesgo la ejecución de las OPEs de promoción. 

4. Sobre la deuda histórica con el Personal Investigador Doctor Permanente (IDP)

  • El Reglamento de Promoción del PDI ignora el bloqueo sistemático sufrido por el colectivo IDP y no contempla ninguna medida de reparación.
  • Solicitamos que se incluyera una Disposición Transitoria que estableciera, por una sola vez, una reserva específica para la promoción del personal IDP que no ha podido ejercer su derecho a la promoción profesional. 

5. Sobre el equilibrio de plantillas (Ratio PDI Funcionario/Laboral)

  • El reglamento incumple el mandato de la LOSU de garantizar la mayoría funcionarial dentro del PDI, como condición que han de cumplir las Universidades públicas.
  • La promoción debe formar parte de la planificación estratégica de la plantilla.
  • Propusimos que se incluyeran cupos o factores de corrección en la ordenación de las plazas para avanzar progresivamente hacia el cumplimiento de las ratios que establece la LOSU, garantizando la viabilidad de la vía funcionarial.
  • CCOO ha informado al Vicerrector de PDI de que el incumplimiento de la LOSU en este sentido puede suponer un riesgo para la ejecución de las futuras OPEs de promoción, en el caso de que personas que se vieran perjudicadas por este incumplimiento decidan acudir a la vía jurisdiccional.

6. Falta de Información sobre los listados de personal acreditado en la UPV/EHU

Los listados de personal acreditado no han sido facilitados a los representantes del personal a pesar de haber sido solicitados por CCOO en varias ocasiones.

¿Dónde queda la transparencia, cuidado de las personas y buena fe de la que tanto habla este equipo rectoral?


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lunes, 13 de octubre de 2025

¡NO AL NEGOCIO CON EL GENOCIDIO!

¡NO AL NEGOCIO CON EL GENOCIDIO!

El próximo día 15 de octubre hemos convocado una jornada de lucha para gritar alto y claro:

 

¡stop genocidio!

 

Para ese día, hemos convocado paros en tres franjas horarias diferentes de la jornada para que todo el mundo pueda acudir a las manifestaciones y movilizaciones que se celebren. Las franjas son las siguientes:

De 3:00 a 6:00.

De 11:00 a 15:00.

De 19:00 a 22:00. 

 

El objetivo de esta jornada es:

  • Expresar la solidaridad del conjunto de la clase trabajadora con el pueblo palestino. 
  • Denunciar el genocidio y los crímenes contra la humanidad que está cometiendo Israel contra el pueblo palestino con el apoyo del Gobierno de EEUU.
  • Denunciar la continua colonización del territorio Palestino en Cisjordania y sus graves consecuencias en las condiciones de trabajo y de vida de la clase trabajadora palestina.
  • Reclamar el fin inmediato del genocidio en Gaza y demandar una resolución integral que acabe con la ocupación y la colonización de Palestina, y garantice el derecho del pueblo palestino a vivir en libertad.
  • Exigir a la patronal y a las instituciones, tanto propias como internacionales, que suspendan toda relación comercial con el Estado de Israel. No se puede seguir haciendo negocio a costa de un genocidio.
  • Demandar la suspensión en su totalidad del Acuerdo de Asociación Unión Europea-Israel.


Por la mañana habrá manifestaciones en las tres capitales, que serán a las 12:30 y que saldrán de los siguientes lugares:

 

  • En Bilbao, desde el Sagrado Corazón.
  • En Donostia, desde el Boulevard.
  • En Gasteiz, desde la Virgen Blanca.

 

¡Acude!


 

 

 

¿UNA UPV/EHU SIN CÁTEDRAS?

¿UNA UPV/EHU SIN CÁTEDRAS?

La alarma generada por el propio Rectorado a través de sus comunicaciones internas en relación a los serios problemas presupuestarios que, en esta ocasión, paralizan la promoción del PDI, nos ha llevado a actuar. Ante esta situación de incertidumbre y ausencia de información, en la que parece quererse presentar al Gobierno Vasco como único responsable, el pasado 9 de septiembre CCOO solicitó formalmente una reunión urgente con el Rector para obtener información sobre la situación financiera de nuestra Universidad. A día de hoy, no hemos recibido ni siquiera acuse de recibo a nuestra petición.

Esta desatención a la representación legal de los trabajadores contrasta con la intensa agenda pública del rector, inmerso en "rondas de escucha", reuniones con otras instituciones y colectivos, y viajes. Este comportamiento evidencia una falta de respeto a la negociación colectiva.

Además de esta desatención, la Sección Sindical de CCOO en la UPV/EHU está preocupada por las acciones, manifestaciones y declaraciones del rector, que dejan entrever una estrategia más propia de quien defiende los intereses de las universidad privadas que los de la institución pública a la que representa, debilitándola desde dentro. [1], [2], [3], [4], [5].

Para entender el fondo de esta crisis, la decisión política que la provoca y el modelo de universidad al que nos abocan, hemos publicado un artículo de opinión en Hordago (El Salto). Allí encontraréis el análisis completo con los datos que demuestran la gravedad del momento. Os invitamos a leerlo y difundirlo.

https://www.elsaltodiario.com/euskal-herria/cronica-un-desmantelamiento-anunciado-ehu 

 

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