OPE 2025, JORNADA 2026, CARRERA PROFESIONAL Y MAS
En la comisión negociadora de ayer 26 de noviembre de 2025 se han tratado temas tan importantes para el PTGAS como la OPE 2025, la jornada laboral para el año 2026 y el “trabajo en remoto”. Además de esto, desde CCOO os informamos de otras cuestiones que también son de vuestro interés.
OPE 2025
La Vicegerencia ha propuesto la aprobación de la Oferta Publica de Empleo 2025 con un total de 40 plazas distribuidas como se refleja en la tabla que reproducimos abajo (pudiendo llegar a adicionarse tres plazas más para contrato relevo siempre que se obtenga previamente la autorización del Ministerio para la transformación digital y de la función pública).
CCOO ha solicitado la ejecución conjunta de la OPE 2025 con las OPE 2023 y 2024 de manera que su desarrollo se vincule a los mismos criterios que vienen establecidos en el Acuerdo de mínimos recientemente aprobado en Consejo de Gobierno y publicados en el BOPV. Consideramos este acuerdo muy ventajoso para todas las interinas e interinos que no conseguisteis plaza en la anterior OPE, ya que seguirá el formato de la OPE anterior, lo que significa que los exámenes son nuevamente mediante batería de preguntas y se permite la conservación de la nota obtenida en la anterior OPE, siempre que se hubiese obtenido una nota superior al 70% de la máxima alcanzable.
Nos encontramos ahora a la espera; algunos sindicatos se manifestaron en contra y otros han pedido tiempo para tomar la decisión, así como, la propia Administración, respecto de la aprobación de la OPE 2025 para ver si finalmente conseguimos su ejecución conjunta a las OPE 2023 y 2024 en los términos indicados.
PERSONAL FUNCIONARIO |
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Grupo |
Escala |
Turno libre |
Promoción Interna |
Total |
A |
TÉCNICA DE GESTION |
7 |
|
7 |
C |
ADMINISTRATIVA |
7 |
2 |
9 |
D |
AUXILIAR ADMINISTRATIVA |
8 |
|
8 |
E |
SUBALTERNA |
7 |
|
7 |
|
|
|
|
Total:31 |
Grupo |
Categoría profesional |
Turno libre |
Total |
I |
Técnico superior servicios generales de investigación |
1 |
1 |
|
Técnico superior de gestión (1jp) |
2 |
2 |
|
Técnico superior TICS (1jp) |
1 |
1 |
III |
Técnico especialista TICS |
2 |
2 |
|
Técnico especialista Química (1JP) |
2 |
2 |
IV |
Técnico Auxiliar Sanitaria/Animalario (1jp) |
1 |
1 |
|
|
|
Total:9 |
CIRCULAR DE JORNADA PARA EL AÑO 2026
En la negociación de la jornada para 2026, la Administración ha puesto sobre la mesa un recorte inaceptable. La Gerencia pretende vincular la eliminación de los cierres de Navidad y Semana Santa con una drástica reducción de la bolsa horaria para gestiones personales. Para que quede claro lo que esto supone, hablamos de un recorte neto de 30 horas (el equivalente a 4 días libres) y un inaceptable aumento de la jornada laboral.
Esta propuesta no es una mera cuestión técnica; demuestra una actitud profundamente reaccionaria en materia de condiciones laborales. Resulta muy criticable que un equipo rectoral que proclama el "cuidado de las personas" como un pilar fundamental, plantee como medida un retroceso y un recorte de derechos que la plantilla del PTGAS ya tenía consolidados desde el año 2023.
Desde CCOO hemos manifestado nuestro rechazo frontal. No vamos a apoyar que se empeoren las condiciones de un PTGAS al que, por otra parte, este equipo rectoral no le ha dado nada de lo que prometió en su programa electoral. Nos alegramos de que la Vicegerencia, gracias a la presión de CCOO, haya manifestado que reconsiderará su propuesta, porque de lo contrario a ver si va a resultar que "con Lore se vivía mejor".
Frente a esta actitud reaccionaria, CCOO no solo se opone a los recortes, sino que vuelve a proponer mejoras:
- Que el personal que deba trabajar durante los turnos por necesidades del servicio sea compensado con 2,5 horas por cada hora trabajada, igual que se hace con la interrupción de vacaciones.
- La misma compensación para el personal que, por necesidades del servicio, no puede realizar el horario de verano.
- En lo positivo, nos felicitamos porque se ha tenido en cuenta la propuesta de CCOO de flexibilidad de la jornada con un horario fijo y otro flexible.
- También hemos solicitado que en el procedimiento de elección de jornada se respete el derecho a la adaptación de jornada por motivos de salud y/o conciliación. De este modo, las personas con estas necesidades tendrían autorizada la jornada de elección de modo automático
Seguiremos defendiendo estas y otras propuestas que ya os hemos presentado anteriormente. No permitiremos que, bajo una retórica de falso cuidado, se esconda un ataque a nuestros derechos. [1]
TRABAJO EN REMOTO
La administración pretende un acuerdo sobre el trabajo en remoto. Con este concepto -no recogido en normativa legal a diferencia del teletrabajo- la administración se reserva una parcela importante de poder de decisión respecto a las condiciones en las que se reconoce y ejerce el mismo.
CCOO no está de acuerdo con el planteamiento inicial de la administración y considera que debe mejorarse drásticamente esta propuesta porque, si bien compartimos el concepto de puesto teletrabajable (en la RPT figurará la condición de teletrabajable de cada puesto) desde CCOO concebimos el teletrabajo como un derecho de las trabajadoras y los trabajadores amparado legalmente, mientras que del contenido de la propuesta del trabajo en remoto observamos que supedita en exceso su ejecución a las jefaturas del servicio .
De otra parte, CCOO reivindica 3 días de teletrabajo (4 por motivos de conciliación) frente a los HASTA 2 que ofrece la Administración (HASTA 3 por motivos de conciliación.) Además queremos que se limite el poder de actuación de la administración para modular este derecho porque decide a cada paso, a través de las jefaturas de servicio, el día o días de cada semana que va a poderse trabajar en remoto y se reserva la posibilidad de suspenderlo con un preaviso máximo de 7 días, incluso en periodos vacacionales.
En este sentido, hemos informado a la Vicegerencia de que existe la obligación de establecer un calendario en el que las personas trabajadoras conozcamos las condiciones de trabajo en una perspectiva anual. Los cambios del calendario han de ser excepcionales, motivados y compensados. La propuesta presentada tampoco define el procedimiento por el que se establecerán los servicios mínimos presenciales en cada servicio. Esta es una cuestión clave dado que será un límite al ejercicio de este derecho.
En conclusión, la propuesta en si misma es un mero inicio pero tiene que mejorarse drásticamente, puesto que, tal como está (más allá del concepto de puesto teletrabajable como gran novedad) supone un retroceso, incluso respecto del Acuerdo de 2016. Los puestos teletrabajables y los servicios mínimos esenciales están por definir y aún faltan muchos medios materiales (portátiles, licencias) para poder hacer realidad su extensión a todo el PTGAS que tuviese en RPT su puesto identificado como teletrabajable. Es un camino abierto en el que CCOO aportará y se esforzará al máximo para que el PTGAS que lo desee pueda acceder en las mejores condiciones posibles al correcto desarrollo de sus funciones en esta modalidad de trabajo.
La UPV/EHU debe dejar de ser el furgón de cola a nivel estatal y de las administraciones vascas, como ya hemos denunciado [2].
CONCURSO DE TRASLADOS
Ayer, día 26, finalizó el plazo para presentar solicitud al concurso de traslados y hemos comprobado a través de las FAQS publicadas en la web cómo la administración ha acudido a la normativa estatal para justificar la limitación del acceso al concurso de traslados al personal que ha obtenido plaza recientemente por promoción interna.
Desde CCOO advertimos a la administración de que no existen motivos legales de peso para imponer ese límite de dos años, al igual que no lo hay para el personal laboral que quiere optar a la provisión. La Ley de Empleo Público Vasco, que es nuestra norma de aplicación, no contempla ninguna restricción de este tipo. Es una ley que sí es muy específica al aplicar este límite en otros supuestos, por lo que su silencio en este caso es deliberado y demuestra que no se debe aplicar ninguna barrera.
La Gerencia, por el contrario, en sus FAQS ha aplicado un reglamento estatal del año 1995 que tiene carácter supletorio, en concreto el artículo 45.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado. Normativa estatal para los funcionarios civiles del estado que aplican con carácter supletorio al personal de la UPV/EHU, algo que es muy cuestionable en este supuesto porque, si bien es cierto que el mismo reglamento cita su carácter supletorio, a nuestro personal le resulta de aplicación la Ley de Empleo Público Vasco (LEPV) que prevé en su articulado todo lo relativo al acceso y provisión de puestos de trabajo.
¿Por qué la Gerencia aplica un reglamento supletorio de rango inferior a la LVEP para limitar el acceso al concurso de quien ha promocionado? ¿Por qué no se ha limitado a interpretar que nuestra legislación vasca no ha querido establecer restricción a nuestro personal?
Entendemos que se ha hecho una interpretación restrictiva en perjuicio de las trabajadoras y trabajadores PTGAS que llevan años esperando a promocionar y, cuando lo consiguen, se encuentran con que no pueden participar en el concurso de traslados.
COMISIÓN DE RECLAMACIONES EN MATERIA DE CONCILIACIÓN
Tras el requerimiento de CCOO para que se procediese a su constitución, cuestión esta en la que incluso nos vimos en la obligación de tener que presionar en el Claustro, por fin la Gerencia va a constituir la comisión de reclamaciones en materia de conciliación ante la que todas vosotras y todos vosotros podréis presentar vuestra queja cuando se os denieguen permisos en esta materia. En dicha comisión estamos presentes dos sindicatos de manera rotatoria y por tanto, podremos velar por el cumplimiento de vuestros derechos.
CRONOGRAMA DE NEGOCIACIÓN: LAS PROMESAS ELECTORALES QUEDAN PARA 2027
Es inaceptable que, mientras se dedican recursos a otras cuestiones, se posponga sin fecha concreta la negociación que debe poner fin a la precariedad y el estancamiento profesional del PTGAS. Como ya denunciamos en nuestro reciente comunicado "El Rectorado sacrifica al PTGAS" en el que os contamos cómo CCOO ha llevado la voz del PTGAS al Parlamento Vasco, esta decisión demuestra una falta de voluntad política para abordar los problemas estructurales de la plantilla.
Desde CCOO hemos exigido que se dé prioridad absoluta a la Carrera Profesional, a la Valoración de Puestos de Trabajo y a la definición de una Plantilla de Referencia real, ya que son los pilares sobre los que debe construirse cualquier mejora de nuestras condiciones laborales. Seguir aplazando estos temas es una tomadura de pelo a una plantilla que lleva años esperando soluciones.
¡CCOO en defensa del Personal de la UPV/EHU!
ccooupv-bi@ehu.eus






