miércoles, 30 de junio de 2021

Nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre personal temporal

Nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre personal temporal


Los Servicios Jurídicos de CCOO han logrado que el Tribunal Supremo rectifique su doctrina y que de esta manera se siente jusrisprudencia sobre los contratos de interinidad por vacante del personal laboral de la Administración.


En primer lugar es necesario aclarar que la Sala Cuarta del Tribunal Supremo que se ha pronunciado es de lo Social, por lo que solo afecta al personal temporal con contrato laboral


Realizamos esta aclaración para evitar la confusión que está provocando una lectura equivocada por parte de los medios de comunicación y de algunas Plataformas de personal temporal, que hacen extensivo este pronunciamiento al personal interino funcionario. Algo que no es así porque la Sala de lo Contencioso Administrativo no ha variado su postura sobre esta cuestión, por lo que para personal funcionario y estatutario (funcionarios del sistema sanitario) se mantiene por ahora la jurisprudencia marcada en la Sentencia de 19 de noviembre de 2020 (rec.5747/2018) en la que rechazó convertir el estatus profesional de un trabajador estatutario eventual o funcionario interino en indefinido no fijo (haciendo referencia a las dos sentencias de la Sala tercera del Supremo de 26 de septiembre de 2018 (rec. 785/2017 y rec. 1305/2017, clarificadoras en el sentido apuntado). 

Precisamente, que no afecte al personal funcionario interino supone una nueva discriminación, ya que este nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo garantiza que el personal laboral temporal tendrá derecho a un aumento de su indemnización (pasará de 12 días de salario a 20 por año trabajado), mientras el personal funcionario interino sigue sin ningún tipo de compensación económica al perder su puesto. De ahí el empeño de CCOO en la Mesa de negociación con Función Pública para que, en el posible acuerdo, se plasme el derecho de indemnización. Aunque el Ministro Iceta parece que solo lo quiere aceptar para el futuro funcionariado interino y no para los actuales.

En cuanto a su aplicación al personal temporal laboral, en realidad se vuelve a la antigua interpretación que el Tribunal Supremo empezó a tener, y que ha venido siendo de aplicación en los Juzgados de los Social ante reclamaciones individuales. Por lo que no constituye exactamente una novedad, salvo en la circunstancia de que ahora se percibe una transformación automática en función del tiempo de contrato independientemente del resto de circunstancias.

Esta transformación no implica la fijeza, pero garantiza el derecho a permanecer el en puesto hasta que se cubra la plaza de forma reglamentaria y a ser indemnizado por despido improcedente (20 días de salario por año trabajado en lugar de los 12 días que correspondería por finalización de un contrato temporal).

martes, 29 de junio de 2021

Un acuerdo que cambia el rumbo de las pensiones

NUEVO ACUERDO DE PENSIONES


El Gobierno, sindicatos y las organizaciones empresariales alcanzan un importante acuerdo en pensiones

 

Desde CCOO queremos celebrar el importante acuerdo alcanzado en la mesa de diálogo social, que corrige la reforma de las pensiones de 2013, garantiza su poder adquisitivo conforme al IPC, deroga el Factor de Sostenibilidad y, muy especialmente, mejora la financiación del sistema para no deteriorar las pensiones de las futuras generaciones que llegan a la jubilación.

Os dejamos enlace al número especial de la revista Gaceta Sindical que CCOO ofrece regularmente a su afiliación, pero que dada la trascendencia del acuerdo os hacemos llegar a todas y todos.

viernes, 25 de junio de 2021

CUOTA PATRONAL: ASUNTO RESUELTO

CUOTA PATRONAL: ASUNTO RESUELTO


Como ya sabéis, CCOO hace ya tiempo que detectó y se hizo eco de un problema que se daba, fundamentalmente, en el pago de títulos de postgrado (títulos propios) y de proyectos mediante el cual la UPV/EHU descontaba de la remuneración del PDI la cuota patronal, algo que debe ser abonado por la empresa. 

 

Además de tratarse de una práctica ilegal, ésta afectaba sobre todo al personal más precario de la universidad: quienes menos cobran. Dispones de toda la información en nuestros anteriores comunicados:


[1] https://ccooupvehu.blogspot.com/2020/12/remuneraciones-postgrados-el-truco-de.html

[2] https://ccooupvehu.blogspot.com/2021/05/el-truco-de-la-cuota-patronal-cerca-de.html


Tras varios meses denunciando insistentemente este hecho por todas las vías posibles (salvo la judicial ya que CCOO confía y apuesta por la vía negociadora en primera instancia), hemos conseguido que la administración admita el problema y le de, según nos ha informado, por fin una solución.


Hoy mismo, en comisión planificadora del PDI y ante la pregunta de CCOO por esta cuestión, el vicerrector de PDI nos ha confirmado lo que ya se nos adelantó informalmente desde gerencia: que el problema se ha centrado y está en vías de resolución de cara al futuro y que, además, se va a hacer una estimación económica del coste que ha supuesto esta práctica para evaluar la posibilidad de, eventualmente, abonar de oficio las cantidades adeudadas a las personas afectadas, dentro del marco legal y los plazos aplicables a la situación laboral de cada una. Esperemos que así sea, puesto que no puede esperarse menos que resarcir a las personas que han sufrido una injusta e ilegal merma de sus retribuciones.


Desde CCOO nos felicitamos por haber peleado el que se ponga fin a esta práctica ilegal logrando que deje de descontarse la cuota patronal y que, eventualmente, se abonen las cantidades a las personas afectadas. También aprovechamos la ocasión para reivindicar el papel que tenemos los sindicatos en la denuncia de irregularidades por parte de la administración y en la mejora de las condiciones laborales de las personas que aquí trabajan. Para eso necesitamos tu apoyo y feed back.

 

 

jueves, 24 de junio de 2021

SEXENIOS TEMPORALES: SE ESTIMA DEMANDA DE CCOO

SEXENIOS TEMPORALES: SE ESTIMA DEMANDA DE CCOO



Sentencia ganada por CCOO que dice que un adjunto puede presentarse a la evaluación de sexenios en UNIBASQ


Hoy hemos recibido sentencia, en primera instancia, del juzgado contencioso-administrativo de Gasteiz en la que se da la razón a CCOO y se estima recurso contra la dirección de Unibasq, permitiendo que una persona adjunta pueda presentarse a la evaluación de su actividad investigadora (Sexenios).


Resulta curioso que la UPV/EHU no se haya comparecido en el juicio como parte interesada y desconocemos los motivos para ello.


Nos alegramos mucho de esta primera sentencia favorable [1]. No obstante, se trata de una sentencia en primera instancia y esperamos que Unibasq no la recurra y asuma lo que es palmario: que los temporales, todos, tienen derecho a ser evaluados en su actividad investigadora.

 
Por otra parte, esta sentencia debe dar motivos a la UPV/EHU para que reflexione sobre esta cuestión. Creemos que la UPV/EHU debe darle una salida digna a esta situación pidiendo a Unibasq que abra la puerta por fin a que todo el personal que tenga méritos investigadores pueda ser evaluado.


Esperamos que esta sea la primera de otras muchas sentencias favorables al personal temporal y que por fin estas personas puedan hacer ejercicio de sus derechos. Lamentamos tener que acudir una vez mas a los tribunales para conseguir el ejercicio de los derechos de las personas trabajadoras. Para CCOO la vía negociadora debe ser la prioritaria, pero esta universidad parece empeñada en no dejarnos otra salida que la judicial. Por ello pedimos un cambio de actitud a la UPV/EHU.


[1] Primera sentencia en Euskadi. En el resto del estado hemos ganado muchas mas


¡¡¡Preparate y organizate para defender tus derechos!!!

 

¡CCOO en defensa de la investigación!

 Por unas condiciones de trabajo dignas en la I+D+i Vasca y Estatal. ¡Ni un paso atrás!



AFILIATE a CCOO: TE INTERESA!
 
Hoy trabajas en Euskadi, ¿Y mañana? CCOO te defiende allí donde tu estés.

94 601 2437
ccooupv-bi@ehu.eus

viernes, 18 de junio de 2021

LA ADMINISTRACÍÓN NOS PRESENTA UN PARCHE PARA LOS ACUERDOS DE COMISIÓN DE SERVICIOS Y ASIGNACIÓN DE FUNCIONES DE 2017

LA ADMINISTRACÍÓN NOS PRESENTA UN PARCHE PARA LOS ACUERDOS DE COMISIÓN DE SERVICIOS Y ASIGNACIÓN DE FUNCIONES DE 2017

Hoy en comisión negociadora del PAS, la administración nos ha presentado un borrador para la cobertura de bajas de urgencia para los funcionarios y personal fijo mediante el cual, si no se encuentran disponibles personal fijo/funcionario que puedan cubrir las plazas mediante interinos/temporales.


LA administración pretende ahora apañar mediante un parche un problema que CCOO ya denunció en la negociación de los acuerdos de bolsas, asignación de funciones y comisión de servicios de 2017: que los interinos/temporales quedaban excluidos de esos acuerdos, cercenando su carrera profesional y oportunidades de progreso y adquisición de experiencia en otros puestos. Por esta razón (y otras, pero esta era la más importante), CCOO decidió no firmar los acuerdos. Había cosas buenas en alguno de los acuerdos, pero ante la imposición de la administración de tener que firmar los 3 acuerdos como un pack tuvimos que declinar nuestra firma para todos.


Hoy CCOO en comisión ha vuelto a defender esta posición y ha manifestado que estos acuerdos que están vigentes van en contra de las sentencias del TJUE que indican que no deben producirse discriminación entre el personal funcionario/fijo e interino/temporal y por lo tanto, ha solicitado la negociación de unos nuevos acuerdos que expresen esta cuestión. CCOO ha dicho que considera que esta propuesta de la administración constituye un parche que lleva a la discrecionalidad y que presenta lagunas, como que deja a la voluntad del servicio/responsables el empleo de esta herramienta de gestión que nos ha presentado la administración.


Por ello CCOO solicita la negociación de unos nuevos acuerdos de Bolsas, Comisiones de Servicio y Asignación de Funciones y cese la discriminación para con el personal interino/temporal.

miércoles, 16 de junio de 2021

Hay que pagar los Sexenios de PDI laboral que pasa a ser funcionario

Los tribunales nos han dado la razón: Hay que pagar los Sexenios de PDI laboral que pasa a ser funcionario sin esperar a la convalidación


CCOO consigue en tribunales que el PDI laboral no pierda el abono de sus sexenios cuando pasa a ser profesorado funcionario.


Cuando un profesor agregado (PDI laboral) con sexenio/s solicita pasar a funcionario lo que no espera es que le quiten los sexenios de la nómina por el único motivo de cambiar de categoría (pasar de personal laboral a funcionario). Además, todo esto sin ninguna advertencia o aviso previo por parte de la UPV/EHU. Es decir, la Universidad necesita funcionarios para cumplir los ratios legales y cuando el PDI se hace funcionario... ¡¡Les rebaja el sueldo !!


La UPV/EHU deja de pagar los sexenios a este personal con la excusa de que tienen que ser convalidados por el propio ente que ya se los concedió cuando era PDI laboral, la CNEAI-ANECA. Esta convalidación es automática, pero mientras llega la fecha para hacer este trámite la UPV/EHU se enriquece al dejar de pagar estos sexenios y, de paso, genera un perjuicio a las personas que dejan de cobrarlos. Así si un laboral con sexenios oposita a funcionario, por ejemplo en febrero, dejará de cobrar los sexenios hasta que solicite la convalidación en la CNEAI en la siguiente convocatoria de sexenios, que como sabemos suele ser en diciembre. Es decir: ¡¡La UPV/ EHU deja sin 11 meses de sexenios a este personal!!.!! Y se queda tan fresca cuando ésto puede suponer casi 3000 euros por sexenio


Por otro lado decimos que la UPV/EHU se enriquece porque al estar ya estas cantidades presupuestadas, no le supondría ningún coste abonarlas: si estas personas no cambiaran de categoría seguirían cobrando. Es decir,  no se incentiva precisamente hacerse funcionario si ya eras laboral permanente. Además, este problema no ocurre cuando es elPDI funcionario quien pasa a PDI laboral, lo cual supone una diferencia de trato entre el personal de la UPV/EHU.


Por ello CCOO propuso el mantenimiento del cobro de estos sexenios mientras se espera a que se haga esa convalidación, porque se trata de un mero trámite administrativo.


CCOO expuso el problema y su propuesta de solución en comisión múltiples veces, tanto con el anterior equipo rectoral como con el nuevo. En comisión paritaria conseguimos el apoyo de la totalidad de la parte social, pero el anterior equipo no quiso mover ficha y prefirió dejar el asunto para quienes llegaban.


Así las cosas, de nuevo hemos tenido que esperar a que sean los tribunales quienes resuelvan la cuestión mediante sentencia firme que nos da la razón. Esta sentencia solo es aplicable a la persona afiliada que nos pidió que presentáramos la demanda, pero sienta precedente. Lo ideal hubiera sido poner solución a esta cuestión vía negociación, pero parece que esta administración se empeña en llevarnos a los tribunales, haciendo pasar a las personas por un proceso que siempre supone un desgaste personal y al gasto de un dinero público que se va a procesos judiciales y, en este caso, al pago de intereses de demora.


Esperamos que la administración recapacite y resuelva los casos pendientes a favor del PDI afectado además de que en el futuro se mantengan en nómina los sexenios ya reconocidos, con independencia de los cambios de categoría y del desarrollo de la carrera profesional del PDI.