VACACIONES DEL PTGAS: ¡APÁÑENSE USTEDES!
Este es un tema que, justamente tras todos los movimientos derivados de la OPE 2019/20/21/22 (que no han concluido por completo aún), debería haberse también previsto.
Desde la Administración, la Vicegerente de Personal no pudo darnos una respuesta taxativa al respecto, más bien al contrario, indicó que ello dependerá fundamentalmente de la buena voluntad de las jefaturas correspondientes.
La opinión de CCOO:
Desde CCOO consideramos, que este asunto tendría que tener un tratamiento uniforme o al menos, conforme a determinados criterios. No siendo así, nos vemos, evidentemente, en la necesidad de confiar en la disposición de cada servicio, situando además con ello la responsabilidad, y la presión asociada, sobre esas jefaturas, lo que tampoco nos parece lo más justo.
Para CCOO, aunque desde luego no aprobamos la Circular de Jornada y Horario vigente, habrá que estar a lo que ésta dispone, es decir: “cuando se interrumpiere el disfrute de las vacaciones por necesidades de servicio debidamente acreditadas mediante informe del superior jerárquico, ratificado por el Rectorado, Vicerrectorado, Gerencia y/o Vicegerencia correspondiente, la persona afectada tendrá derecho a una compensación de dos horas de descanso por cada hora de disfrute que tenía prevista en dicho periodo vacacional.” (art. 6.4 de la Circular).
Por otra parte, en caso de tener que acomodar las vacaciones del personal que se desplaza con las del que ya formaba parte del servicio, igualmente habrá que utilizar criterios objetivos (y no el de “ser el último en llegar”), sin discriminar a este personal de ninguna forma, especialmente teniendo unas vacaciones aprobadas (porque hay casos en que ¡aún no se han aprobado, aunque debían serlo para el 15 de mayo!).
Necesidad de una instrucción:
Entendemos que la Vicegerencia de Personal (o, en su caso, la Gerencia) debería emitir alguna instrucción con carácter urgente, sobre estos aspectos, que tenga en cuenta que:
-Si hay cierre de centros por 2 semanas, no se puede denegar la elección del resto de semanas;
-Si no hay cierre, hay que respetar las vacaciones ya autorizadas de acuerdo a lo establecido en la circular, que establece que a 15 de mayo deben estar ya fijadas;
-Si es necesario modificar alguna solicitud ya autorizada por razones de servicio, tiene derecho a la compensación de 2 horas;
-Para modificar solicitudes ya realizadas, habrá que utilizar algún criterio, que ahora mismo, no tenemos, y por lo tanto, establezca algunos;
-Se debe atender a las necesidades de conciliación.
Respeto a los derechos del personal:
Estos aspectos de gran importancia y sensibles para el personal, máxime ya en periodo vacacional como estamos, deben abordarse, para CCOO, en la negociación real de una Circular de Jornada y Horario que respete los derechos del personal al mismo tiempo que permita una buena organización de los servicios de la UPV/EHU de acuerdo con sus facultades de autoorganización.
¡CCOO en defensa del Personal de la UPV/EHU!
ccooupv-bi@ehu.eus
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