UNIVERSIDADES PRIVADAS: MENOS CONTROL, EXPANSIÓN ASEGURADA
La modificación del RD 640/2021 mejora la situación actual, pero no resolverá el problema de la proliferación de universidades privadas. El 28 de octubre de 2025 entrará en vigor el RD 905/2025, que modifica el RD 640/2021 de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.
CCOO ha reclamado desde el primer momento al Gobierno la necesidad de una mayor ambición en la reforma del RD 640/2021
Esta reforma debía ser de las más importantes de esta legislatura tras la entrada en vigor de la LOSU ya que se suponía que venía a endurecer los requisitos para la creación de nuevas universidades privadas. La realidad es que no responde a estas expectativas:
- MEJORA LA REDACCIÓN INICIAL DEL RD 640/2021, lo cual no era difícil. Los requisitos que contemplaba eran tan generalistas y mínimos que su aplicación ha llevado a reconocer como universidades a proyectos más cercanos a una academia de estudios que a una universidad. Ya durante su tramitación CCOO señaló que dicho Real Decreto no terminaba de atajar el problema del aumento indiscriminado de centros de titularidad privada y la realidad ha corroborado dicha advertencia: su aplicación no ha impedido que, en los cuatro años transcurridos desde su entrada en vigor, se haya pasado de 39 a 46 universidades privadas ofertando plazas en el curso 2025/2026, a las que habría que añadir otras cuatro universidades privadas que fueron informadas el pasado 9 de septiembre por la Conferencia General de Política Universitaria (ANEXO I). Un total, hasta el momento, de 10 universidades privadas nuevas bajo el paraguas de una norma que en principio venía a “gestionar, ordenar y planificar con mayor capacidad las iniciativas en aumento de creación de universidades o de centros universitarios” bajo el principio de la calidad.
- PERO NOS TEMEMOS QUE NO VA A IMPEDIR QUE SIGAN PROLIFERANDO NUEVAS UNIVERSIDADES Y CENTROS UNIVERSITARIO DE DUDOSA CALIDAD. Se introducen con la reforma toda una serie de exigencias que aparentemente exigirán unos criterios más estrictos en los proyectos que se presenten a partir de su entrada en vigor. Pero la no exigencia del carácter preceptivo y vinculante de todos los informes requeridos dejarán, en buena parte de los casos, la capacidad última de su aprobación final en manos de las comunidades autónomas.
Lo que cambia y lo que debería haber cambiado
Sin duda la reforma de la norma establece nuevos requisitos y modifica algunos ya existentes (ANEXO II).para garantizar un mínimo de calidad, lo que se debe valorar de manera positiva. Entre estos cambios destacamos:
- Las universidades tendrán que ofertar 3 programas de doctorado, no 2 como hasta la reforma. Se mantiene la obligación de ofertar al menos 10 grados y 6 másteres de 3 de las 5 áreas de conocimiento (ciencias, arte y humanidades, ciencias de la salud, ingenierías y ciencias sociales).
- Las universidades de nueva creación deberán demostrar solvencia económica mediante un aval depositado en la Caja de Depósitos o instrumento legal similar.
- El nuevo decreto establece un umbral de 4.500 estudiantes durante los primeros seis años de funcionamiento. Hasta ahora el decreto hablaba de una “masa crítica” suficiente. En el curso 2023/24, la media de matriculados fue de 19.800 en las públicas y 11.000 en las privadas. En 13 de las privadas no llegaban a los 3.000 inscritos en la universidad. Se contemplan diferentes plazos de cumplimiento, mínimo de seis años (en el proyecto inicial eran cinco), con posibilidad de extenderlo a dos más. Tres años si se han creado en los últimos ejercicios.
- El decreto modificado obliga a que los proyectos de universidad cuenten ahora con informe favorable, preceptivo y vinculante, de la agencia de evaluación nacional (ANECA) o de la agencia autonómica de evaluación. Los expertos contarán con un año para elaborarlo y se centrará en la calidad del profesorado, la investigación y los equipamientos. Si la iniciativa no es considerada apta, los promotores no podrán presentar otra propuesta en dos años. Si el informe es positivo, toca al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades,en el plazo de 6 meses, elaborar un informe no vinculante que se elevará a la Conferencia General de Política Universitaria para su aprobación o no. Se enfocarán en la sostenibilidad económica, así como en la experiencia previa. Hasta la entrada en vigor del RD evaluaban también a la plantilla y los medios, que ahora evaluarán las agencias.
- La creación de nuevas universidades a distancia deberá contar con la aprobación de las Cortes Generales y la evaluación de la ANECA. Seguirán siendo competencia de las CCAA aquellas que ya estuvieran creadas en la fecha de entrada en vigor del RD; aquellas que estén en territorios con lengua propia cooficial y cuando al menos el 50% de la docencia se vaya a impartir en dicha lengua (porque ello limita el alcance supracomunitario de su actividad académica); y las que tengan financiación parcial de la comunidad autónoma, con un mínimo del 20% del presupuesto de la universidad. Los ejemplos son claros: la UOC en Cataluña y la Internacional de Valencia en la Comunidad Valenciana.
- Se exigirán criterios de calidad al profesorado docente e investigador. En concreto, al menos el 50% deberá ser doctor para el conjunto de las enseñanzas; y, al menos, el 60% debe tener experiencia acreditada en investigación.
Pero entendemos que se dejan abiertas determinadas puertas que no garantizan el objetivo de calidad y mejora del sistema universitario, que es lo que se supone que persigue esta modificación legislativa. Así, y a título de ejemplo, vemos como:
- No se podrá pedir experiencia previa a los promotores de una nueva universidad, por lo que cualquier persona o empresa podrá promover una universidad, aunque su actividad profesional nada tenga que ver con el ámbito universitario. Se mantiene esta exigencia, ya contemplada el proyecto inicial de reforma sólo a los gestores.
- Desde CCOO entendemos imprescindible que todos los informes preceptivos deben ser vinculantes, lo que no ocurre con esta reforma, en los que sólo los informes de las agencias de evaluación lo son. Es decir, el informe de la Conferencia General de Política Universitaria que valorará la sostenibilidad económica del proyecto no será vinculante, con lo que esto supone de riesgo para la viabilidad futura del proyecto.
- El informe de la Conferencia General de Política Universitaria que se contemplaba para la creación, adquisición y adscripción de centros por una universidad privada en una comunidad autónoma distinta de aquella en la que tiene su sede social, ya no tendrá que ser favorable. Es decir, que, aunque el informe sea demoledor en contra del nuevo centro, las comunidades autónomas afectadas podrán autorizar el proceso si así lo consideran. Esto es especialmente grave ya que esta es la fórmula que empieza a extenderse para la expansión de las universidades privadas en funcionamiento.Y seguirá ocurriendo lo que hasta ahora es norma: que todas las universidades con informe desfavorable de dicha Conferencia al final terminan siendo autorizadas por las comunidades autónomas. Y para muestra las siguientes: en los últimos 15 días se han aprobados tres nuevos centros adscritos: uno en las Islas Baleares (CEU San Pablo en Mallorca) y otros dos en el Principado de Asturias (el de la Universidad Alfonso X El Sabio, en Oviedo, y el de la Universidad Nebrija, en Avilés). Los tres comenzarán su actividad académica en el curso 2026/2027.
- Las universidades de nueva creación deberán contar con alojamiento para al menos el 10% de su alumnado, garantizando movilidad y promoviendo la igualdad de oportunidades ante el encarecimiento y la escasez de vivienda. Sin embargo, no se obliga a las universidades a que dicha dotación habitacional sea prestada total o parcialmente por las universidades y con unos precios que garanticen la igualdad de oportunidades, sino que se podrá atender mediante convenios con entidades privadas, cuyo objeto es la obtención del beneficio económico.
- Los informes para la creación de universidades a distancia, en lugar de lo previsto en el proyecto de reforma que se vinculaban en todos los casos a la ANECA y al ministerio, seguirán vinculados a las agencias de calidad autonómicas si el 50% de las clases son en lengua cooficial, si el 20% de la financiación la reciben de una autonomía o han sido creadas antes de la modificación del decreto. No podemos olvidar que este tipo de enseñanza a distancia es una parte esencial del negocio de las universidades privadas.
- Las nuevas titulaciones deberán pasar por la Conferencia General de Política Universitaria (CPU), pero su informe no será vinculante.
En general, se establecen plazos más amplios que en el proyecto de Real Decreto de adaptación a la norma: tres años para las universidades en activo, cinco para las de reciente creación, seis para alcanzar la masa crítica de 4.500 estudiantes, y hasta siete años para cumplir algunos de los objetivos de investigación.
Y lo que no deja de ser significativo: el servicio universitario se considera como un “servicio esencial”, pero no como lo que es, “un servicio público básico”.
CCOO ha reclamado desde el primer momento al Gobierno la necesidad de una mayor ambición en la reforma del RD 640/2021. Resulta imprescindible que los criterios de necesidad, idoneidad y calidad primen en la decisión final de creación de una universidad por encima de las consideraciones políticas o económicas, que dependen básicamente de las mayorías parlamentarias y de los intereses de determinadas empresas o personas físicas o jurídicas.
Para CCOO esta modificación legal, para ser efectiva, debe armonizar y aumentar la exigencia de los requisitos mínimos necesarios para poder hablar de “universidad”, así como fijar unos niveles básicos de calidad en todos los componentes de nuestro sistema universitario, en el que coexisten las universidades públicas con una buena calidad media, y las privadas, una parte importante de las cuales tienen un bajo nivel académico, lo que se refleja en una actividad de investigación residual, que perjudica claramente al conjunto del sistema universitario. Y tememos que la reforma ahora aprobada, a la vista de su contenido, no garantiza que esto vaya a cambiar.
La universidad pública de calidad es un bien de toda la sociedad y constituye una de las principales formas de contribución al progreso social. No podemos dejar que la destruyan quienes quieren convertir el derecho de todas y todos en el negocio de una minoría.
¡CCOO en defensa del Personal de la UPV/EHU!
ccooupv-bi@ehu.eus
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