jueves, 25 de febrero de 2021

NOVEDADES EN CUANTO A PERMISOS

NOVEDADES EN CUANTO A PERMISOS

 

Queremos haceros llegar la noticia de unos cambios que se han producido a raíz de la aprobación y publicación de los Presupuestos Generales del Estado de 2021 y que afecta a algunos permisos. 

 

Concretamente, se ha modificado el artículo 48 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) añadiendo permisos nuevos, uno de ellos ampliamente solicitado por CCOO y que supone una sustancial mejora de nuestras condiciones laborales. Nos referimos concretamente al permiso por atención domiciliaria y que supone un gran avance. A modo de ejemplo, esto permite que si tienes un certificado médico puedas cuidar a una persona operada de cataratas, etc.

  

Aclarar que estos cambios suponen el establecimiento de unos derechos mínimos. Es decir, en el caso de que el convenio esté por encima de estos mínimos, deberá aplicarse el convenio.

 
El permiso por enfermedad grave y fallecimiento de familiares queda adecuado en la normativa del EBEP de la siguiente manera:

  • Por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, que precise de reposo domiciliario de un familiar dentro del 1er grado de consanguinidad o afinidad, el permiso es de 3 días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad y 5 días hábiles cuando sea en distinta localidad. 
  • En caso de familiares dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad el permiso será de 2 días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y 4 días hábiles cuando sea en distinta localidad.


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