viernes, 22 de octubre de 2021

Personal Investigador: varapalo judicial a la UPV/EHU

VARAPALO JUDICIAL A LA UPV/EHU


Como ya informamos en su momento, el nuevo equipo rectoral de la UPV/EHU propuso abordar de una vez la reglamentación y condiciones de la carrera profesional del personal investigador temporal de la UPV/EHU, cosa que en su momento celebramos y que debemos reconocer.

 

Tras un decepcionante inicio con el intento de la administración [1], tratando de evitar la negociación colectiva, de colarnos un reglamento para regular la carrera investigadora (además olvidándose de los PIC, y de los investigadores permanentes) y tras las encendidas protestas de la parte social, la UPV/EHU tuvo que ceder y admitir a negociar las condiciones dentro del Convenio Colectivo [2] y [3].

 

La negociación está siendo compleja. Esto es así porque la UPV/EHU, durante años, ha permitido que esta bola de nieve crezca. Forzada por las diferentes sentencias judiciales que van dictándose, se encuentra ahora con la urgencia de dar salida al entuerto en un contexto de escasez y problemas presupuestarios. Hay mucho personal afectado, muchas cantidades que la UPV/EHU ha dejado de pagar y muchas sentencias aún por llegar. Todo ello fruto de una falta de espíritu negociador y del empeño de la UPV/EHU en forzarnos a acudir recurrentemente a la vía judicial, con el consecuente cabreo del personal y de la parte social.


El último varapalo viene dado por la sentencia estimatoria del TSJ al conflicto colectivo instado por ELA y al que CCOO está adherida. Afecta a las retribuciones del personal postdoctoral temporal de convocatorias externas a la UPV/EHU y en su fallo declara “el derecho de los trabajadores afectados por el conflicto a percibir el mismo salario que los doctores investigadores contratados de manera directa por la UPV, CONDENANDO a la demandada a estar y pasar por esta declaración.”


Hay que aclarar que esta sentencia aún no es firme y que no establece necesariamente una retribución concreta, sino que incide en que el personal postdoctoral de convocatorias externas a la UPV/EHU no puede cobrar menos que los de convocatorias propias. Actualmente esta retribución coincide con la del profesorado agregado, pero la UPV/EHU podría hacer tabla rasa por debajo fijando retribuciones inferiores en sus convocatorias y con ello arrastrando al resto.


De hecho es lo que la administración pretende en parte y sindicatos como LAB, Steilas y UGT no se han opuesto a que buena parte del personal postdoctoral cobre de entrada retribuciones correspondientes al personal adjunto, notablemente inferiores. En nuestra opinión, éste es un planteamiento erróneo porque poco útil nos parece poner fin a una doble escala salarial (recordamos que es lo que dice la sentencia) para generar a continuación otra. Nuestro planteamiento consiste en establecer una retribución mínima (la indicada por la Ley de Ciencia y por el Convenio Colectivo) que podrá ser complementada, permitiendo que el personal temporal pueda presentarse a sexenios y quinquenios.


Queremos dejar claro que CCOO desde el minuto uno de la negociación está insistiendo y dando argumentos jurídicos de peso que avalan las siguientes reivindicaciones:

 

  • Retribución mínima para el personal investigador postdoctoral temporal acorde a lo establecido en el artículo 22.1d de la Ley de la Ciencia y que como indica el artículo 32.2 del Convenio Colectivo del PDI. Ésta es la correspondiente a la de un Titular de Universidad: 35451,43€ (que es prácticamente idéntica a la del profesorado agregado). De este modo, ya damos aviso de que no pueden bajarse las retribuciones del personal postdoctoral en próximas convocatorias propias de la UPV/EHU.

  • Retribución mínima para el personal investigador predoctoral acorde a lo establecido en el artículo 21.d de la Ley de la Ciencia y que, como indica el artículo 32.2 del Convenio Colectivo del PDI, debe tomarse como referencia la correspondiente a la de un Titular de Escuela Universitaria sin complemento de doctor (31100,73€), y que es superior a la correspondiente al grupo I de la AGE (29712,20€). En este aspecto podemos decir que hay gran sintonía en la parte social y que otras fuerzas sindicales están haciendo propuestas interesantes que estamos dispuestos a consensuar.

  • Actualización salarial de predoctorales y postdoctorales del mismo modo que el resto de personal empleado público.

  • Sexenios: derecho a que su actividad investigadora pueda ser objeto de evaluación y, eventualmente, de su cobro. Resulta incomprensible que la UPV/EHU impida a una persona que investiga presentarse a sexenios sólo por el hecho de ser temporal cuando la ANECA ya abrió esta posibilidad [4]. Además, este hecho es totalmente contrario a las normas comunitarias.

  • Quinquenios: derecho a que su actividad docente pueda ser objeto de evaluación y, eventualmente, de su cobro.

  • Derecho a la indemnización por fin de contrato.


CCOO seguirá peleando por la mejora de las condiciones laborales del personal investigador, dando apoyo y trabajando con quienquiera que comparta estas reivindicaciones, bien en el marco de la negociación colectiva, bien en el plano judicial.


Aquí tienes todo nuestro trabajo en defensa de las condiciones del colectivo investigador:

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