viernes, 16 de julio de 2021
LA UPV/EHU Y SU FALTA DE SENSIBILIDAD
LA UPV/EHU Y SU FALTA DE SENSIBILIDAD CON SU PERSONAL
jueves, 15 de julio de 2021
CARRERA INVESTIGADORA: LA UPV/EHU RECTIFICA
CARRERA INVESTIGADORA: LA UPV/EHU RECTIFICA
Hoy en comisión planificadora de PDI, el vicerrector de PDI nos ha comunicado que no va a presentar el reglamento que pretende regular la contratación del personal investigador temporal al Consejo de Gobierno del próximo 20 de julio. Ver comunicado anterior para mas información.
Agradecemos sinceramente que la UPV/EHU haya escuchado y tenido en cuenta la demanda de la parte social y que nos emplace a negociar este asunto tan importante a partir de septiembre. No obstante, queremos dejar claro que CCOO mantiene su posición y pide que se abra la negociación del Convenio Colectivo para regular adecuadamente al personal investigador.
¡CCOO en defensa de la investigación!
Por unas condiciones de trabajo dignas en la I+D+i estatal. ¡Ni un paso atrás!
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miércoles, 7 de julio de 2021
CARRERA INVESTIGADORA TEMPORALES: SE ABRE EL MELÓN
CARRERA INVESTIGADORA TEMPORALES: SE ABRE EL MELÓN
¡Y no nos gusta que se pretenda regular fuera del convenio colectivo!
En la comisión de hoy miércoles 7 de julio, la administración nos ha presentado una propuesta de reglamento de contratos para el personal investigador temporal.
En primer lugar es de agradecer que la administración, por fin, se decida a abordar una cuestión que la parte social llevamos tanto tiempo reclamando, que es un análisis de la situación de los investigadores y la carrera investigadora de los no permanentes.
NUESTRA CRÍTICA PRINCIPAL
Debemos decir que no se nos ha pasado la documentación con suficiente tiempo de adelanto. En una cuestión de tanta trascendencia como esta se hace necesario tiempo para poder hacer un análisis profundo de la propuesta puesto que implica la revisión de una extensa normativa y analizar las consecuencias presentes y futuras de la misma.
Dado el calado del asunto la parte social ha expresado de forma unánime la necesidad de que se abra una negociación del convenio colectivo. Esto es así por la implicación directa que tiene en las condiciones y retribuciones del personal investigador por una parte, y por otra por lo obsoleto que ha quedado el convenio colectivo en cuanto al personal investigador.
Queremos expresar claramente que CCOO no va a aceptar la pretensión de la UPV/EHU de huir del derecho laboral, que
es enormemente garantista con la persona trabajadora, y zambullir al personal
investigador temporal en el derecho administrativo, que es mas próximo a la
administración. Decimos esto porque cuando se trasladan cuestiones
laborales a reglamentos que se aprueban en Consejo de Gobierno (en vez de ir por el convenio), lo que se
hace es evadir la negociación sindical y la opacidad es máxima.
El acceso al debate, actas y resoluciones motivadas o no del Consejo de
Gobierno es limitado y, encima, en caso de conflicto el afectado
tendría que recurrir las resoluciones vía contencioso administrativo,
además de tener que ir por la vía laboral por si acaso. En definitiva, un follón de cuidado que no beneficia precisamente al trabajador y que además le expone al pago de costas judiciales, disuadiendo de ir a juicio. Ver artículo al respecto.
Por ello CCOO se va a
oponer con rotundidad a esta maniobra. ¡Los derechos sociales, los
sueldos y las condiciones de trabajo no son cuestiones reglamentarias a tratar por un Consejo de Gobierno en el que no están los
sindicatos representados y, por ende, las personas trabajadoras.
Por ello la parte social ha pedido que no se lleve la propuesta al Consejo de Gobierno del 20 de julio. En ningún caso aceptaremos que esta propuesta prospere sin que se de una verdadera y sincera negociación con la parte social.
VALORACIÓN SOBRE LA PROPUESTA
Más
allá del contenido de la propuesta, hemos mostrado nuestra preocupación y discrepancia con las siguientes cuestiones de carácter general:
1- A pesar de que el reglamento regula varias figuras investigadoras, parece haberse quedado al margen del mismo el Personal Investigador Contratado (PIC). Por ello CCOO ha pedido su inclusión, puesto el PIC no es ajeno a la investigación en esta universidad y no podemos olvidarnos de ellos.
2- Tampoco se ha considerado tratar la figura del investigador distinguido (Art. 23 de la LCTI). Consideramos que siendo esta figura contractual susceptible de cierta discrecionalidad y laxitud en su regulación, debería aprovecharse la oportunidad para establecer unos fundamentos para su contratación.
3- CCOO ha solicitado que, dado que parece abrirse una ventana de oportunidad para definir la carrera investigadora en la UPV/EHU, debemos considerar también el desarrollo de las figuras permanentes que tenemos en el convenio: Profesor de investigación(Art 22 CC) y Personal Doctor Investigador(Art 23 CC).
Y ya en relación al contenido del borrador presentado, CCOO ha apuntado lo siguiente:
En relación al colectivo predoctoral:
La propuesta especifica que la UPV/EHU considera que la figura equivalente del convenio colectivo para este personal es la de profesor/a ayudante ( figura docente). CCOO se manifiesta diametralmente en contra de esta equivalencia y considera que la figura equivalente para este personal es la de Investigador No Doctor, la cual tiene asociada una retribución mayor que la del ayudante y también superior a la del grupo I de la AGE.
Los argumentos para ello son múltiples pero, en resumen, la figura de ayudante es propia del ámbito DOCENTE y la figura del investigador no doctor del ámbito INVESTIGADOR , que es en el que están el colectivo predoctoral. Además de esto:
La figura del ayudante es docente, mientras que la del Investigador No Doctor es investigadora, de hecho el personal docente y el personal investigador se consideran en capítulos distintos del convenio. El colectivo predoctoral es personal investigador.
Los ayudantes están en plazas estructurales en la RPT. El Investigador No Doctor, no, del mismo modo que los predoctorales.
Los ayudantes tienen docencia obligatoria, el Investigador No Doctor no, y los predoctorales tampoco (salvo convocatorias FPU)
Los ayudantes, tras obtener el doctorado pueden ser contratados directamente como adjuntos. El Investigador No Doctor y los predoctorales no tienen esa pasarela automática: su carrera continua con postdocs, etc.
Los ayudantes tienen contrato para la docencia e investigación diversa. El investigador No Doctor y predoctorales son contratados para un único proyecto de investigación.
¿Qué sentido tiene tomar la figura de ayudante como referencia para los predoctorales? Únicamente limitar sus salarios.
Respecto al colectivo postdoctoral:
La administración propone 3 niveles retributivos (incorporación, consolidación y singular) en función de las funciones que vayan desempeñando dicho personal y acorde a su experiencia, y para ello establece una serie de criterios y una evaluación que sea la que determine si una persona puede cambiar a una etapa superior.
CCOO ha dicho que, compartiendo el establecimiento de unas etapas diferenciadas que permitan premiar la experiencia y el desempeño, los criterios para esa evaluación deben ser negociados con la parte social para poder ofrecer garantías sobre el modo en el que determine si una persona “asciende” o se queda donde está.
No te quepa duda de que desde CCOO vamos a hacer todo lo posible porque tu carrera profesional como persona investigadora sea más digna, segura y con menos incertidumbre. Y para que se te trate como una persona trabajadora con derechos plenos (convenio colectivo) y no como unas líneas en un reglamento que la administración nos pretende colar evadiendo la negociación colectiva.
PORQUE NO NOS ENGAÑEMOS, la finalidad y las prisas justo antes de agosto pudiera ser esa: que esto cuele como cualquier otro reglamento cuando estamos hablando de sueldos, organización del trabajo y carrera profesional.
miércoles, 30 de junio de 2021
Nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre personal temporal
Nuevo pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre personal temporal
Los Servicios Jurídicos de CCOO han logrado que el Tribunal Supremo rectifique su doctrina y que de esta manera se siente jusrisprudencia sobre los contratos de interinidad por vacante del personal laboral de la Administración.
martes, 29 de junio de 2021
Un acuerdo que cambia el rumbo de las pensiones
NUEVO ACUERDO DE PENSIONES
El Gobierno, sindicatos y las organizaciones empresariales alcanzan un importante acuerdo en pensiones
viernes, 25 de junio de 2021
CUOTA PATRONAL: ASUNTO RESUELTO
CUOTA PATRONAL: ASUNTO RESUELTO
Como
ya sabéis, CCOO
hace ya tiempo que detectó y se hizo eco de un problema que se daba,
fundamentalmente, en el pago de títulos de postgrado (títulos
propios) y de proyectos mediante el cual la UPV/EHU descontaba de la
remuneración del PDI la cuota patronal, algo que debe ser abonado
por la empresa.
Además de tratarse de una práctica ilegal, ésta afectaba sobre todo al personal más precario de la universidad: quienes menos cobran. Dispones de toda la información en nuestros anteriores comunicados:
[1] https://ccooupvehu.blogspot.com/2020/12/remuneraciones-postgrados-el-truco-de.html
[2] https://ccooupvehu.blogspot.com/2021/05/el-truco-de-la-cuota-patronal-cerca-de.html
Tras varios meses denunciando insistentemente este hecho por todas las vías posibles (salvo la judicial ya que CCOO confía y apuesta por la vía negociadora en primera instancia), hemos conseguido que la administración admita el problema y le de, según nos ha informado, por fin una solución.
Hoy mismo, en comisión planificadora del PDI y ante la pregunta de CCOO por esta cuestión, el vicerrector de PDI nos ha confirmado lo que ya se nos adelantó informalmente desde gerencia: que el problema se ha centrado y está en vías de resolución de cara al futuro y que, además, se va a hacer una estimación económica del coste que ha supuesto esta práctica para evaluar la posibilidad de, eventualmente, abonar de oficio las cantidades adeudadas a las personas afectadas, dentro del marco legal y los plazos aplicables a la situación laboral de cada una. Esperemos que así sea, puesto que no puede esperarse menos que resarcir a las personas que han sufrido una injusta e ilegal merma de sus retribuciones.
Desde CCOO nos felicitamos por haber peleado el que se ponga fin a esta práctica ilegal logrando que deje de descontarse la cuota patronal y que, eventualmente, se abonen las cantidades a las personas afectadas. También aprovechamos la ocasión para reivindicar el papel que tenemos los sindicatos en la denuncia de irregularidades por parte de la administración y en la mejora de las condiciones laborales de las personas que aquí trabajan. Para eso necesitamos tu apoyo y feed back.
jueves, 24 de junio de 2021
SEXENIOS TEMPORALES: SE ESTIMA DEMANDA DE CCOO
SEXENIOS TEMPORALES: SE ESTIMA DEMANDA DE CCOO
Sentencia ganada por CCOO que dice que un adjunto puede presentarse a la evaluación de sexenios en UNIBASQ
Resulta curioso que la UPV/EHU no se haya comparecido en el juicio como parte interesada y desconocemos los motivos para ello.
Nos alegramos mucho de esta primera sentencia favorable [1]. No obstante, se trata de una sentencia en primera instancia y esperamos que Unibasq no la recurra y asuma lo que es palmario: que los temporales, todos, tienen derecho a ser evaluados en su actividad investigadora.
Esperamos que esta sea la primera de otras muchas sentencias favorables al personal temporal y que por fin estas personas puedan hacer ejercicio de sus derechos. Lamentamos tener que acudir una vez mas a los tribunales para conseguir el ejercicio de los derechos de las personas trabajadoras. Para CCOO la vía negociadora debe ser la prioritaria, pero esta universidad parece empeñada en no dejarnos otra salida que la judicial. Por ello pedimos un cambio de actitud a la UPV/EHU.
[1] Primera sentencia en Euskadi. En el resto del estado hemos ganado muchas mas
¡¡¡Preparate y organizate para defender tus derechos!!!
¡CCOO en defensa de la investigación!
Por unas condiciones de trabajo dignas en la I+D+i Vasca y Estatal. ¡Ni un paso atrás!
viernes, 18 de junio de 2021
LA ADMINISTRACÍÓN NOS PRESENTA UN PARCHE PARA LOS ACUERDOS DE COMISIÓN DE SERVICIOS Y ASIGNACIÓN DE FUNCIONES DE 2017
LA ADMINISTRACÍÓN NOS PRESENTA UN PARCHE PARA LOS ACUERDOS DE COMISIÓN DE SERVICIOS Y ASIGNACIÓN DE FUNCIONES DE 2017
Hoy en comisión negociadora del PAS, la administración nos ha presentado un borrador para la cobertura de bajas de urgencia para los funcionarios y personal fijo mediante el cual, si no se encuentran disponibles personal fijo/funcionario que puedan cubrir las plazas mediante interinos/temporales.
LA administración pretende ahora apañar mediante un parche un problema que CCOO ya denunció en la negociación de los acuerdos de bolsas, asignación de funciones y comisión de servicios de 2017: que los interinos/temporales quedaban excluidos de esos acuerdos, cercenando su carrera profesional y oportunidades de progreso y adquisición de experiencia en otros puestos. Por esta razón (y otras, pero esta era la más importante), CCOO decidió no firmar los acuerdos. Había cosas buenas en alguno de los acuerdos, pero ante la imposición de la administración de tener que firmar los 3 acuerdos como un pack tuvimos que declinar nuestra firma para todos.
Hoy CCOO en comisión ha vuelto a defender esta posición y ha manifestado que estos acuerdos que están vigentes van en contra de las sentencias del TJUE que indican que no deben producirse discriminación entre el personal funcionario/fijo e interino/temporal y por lo tanto, ha solicitado la negociación de unos nuevos acuerdos que expresen esta cuestión. CCOO ha dicho que considera que esta propuesta de la administración constituye un parche que lleva a la discrecionalidad y que presenta lagunas, como que deja a la voluntad del servicio/responsables el empleo de esta herramienta de gestión que nos ha presentado la administración.
Por ello CCOO solicita la negociación de unos nuevos acuerdos de Bolsas, Comisiones de Servicio y Asignación de Funciones y cese la discriminación para con el personal interino/temporal.
miércoles, 16 de junio de 2021
Hay que pagar los Sexenios de PDI laboral que pasa a ser funcionario
Los tribunales nos han dado la razón: Hay que pagar los Sexenios de PDI laboral que pasa a ser funcionario sin esperar a la convalidación
CCOO consigue en tribunales que el PDI laboral no pierda el abono de sus sexenios cuando pasa a ser profesorado funcionario.
Cuando un profesor agregado (PDI laboral) con sexenio/s solicita pasar a funcionario lo que no espera es que le quiten los sexenios de la nómina por el único motivo de cambiar de categoría (pasar de personal laboral a funcionario). Además, todo esto sin ninguna advertencia o aviso previo por parte de la UPV/EHU. Es decir, la Universidad necesita funcionarios para cumplir los ratios legales y cuando el PDI se hace funcionario... ¡¡Les rebaja el sueldo !!
La UPV/EHU deja de pagar los sexenios a este personal con la excusa de que tienen que ser convalidados por el propio ente que ya se los concedió cuando era PDI laboral, la CNEAI-ANECA. Esta convalidación es automática, pero mientras llega la fecha para hacer este trámite la UPV/EHU se enriquece al dejar de pagar estos sexenios y, de paso, genera un perjuicio a las personas que dejan de cobrarlos. Así si un laboral con sexenios oposita a funcionario, por ejemplo en febrero, dejará de cobrar los sexenios hasta que solicite la convalidación en la CNEAI en la siguiente convocatoria de sexenios, que como sabemos suele ser en diciembre. Es decir: ¡¡La UPV/ EHU deja sin 11 meses de sexenios a este personal!!.!! Y se queda tan fresca cuando ésto puede suponer casi 3000 euros por sexenio
Por otro lado decimos que la UPV/EHU se enriquece porque al estar ya estas cantidades presupuestadas, no le supondría ningún coste abonarlas: si estas personas no cambiaran de categoría seguirían cobrando. Es decir, no se incentiva precisamente hacerse funcionario si ya eras laboral permanente. Además, este problema no ocurre cuando es elPDI funcionario quien pasa a PDI laboral, lo cual supone una diferencia de trato entre el personal de la UPV/EHU.
Por ello CCOO propuso el mantenimiento del cobro de estos sexenios mientras se espera a que se haga esa convalidación, porque se trata de un mero trámite administrativo.
CCOO expuso el problema y su propuesta de solución en comisión múltiples veces, tanto con el anterior equipo rectoral como con el nuevo. En comisión paritaria conseguimos el apoyo de la totalidad de la parte social, pero el anterior equipo no quiso mover ficha y prefirió dejar el asunto para quienes llegaban.
Así las cosas, de nuevo hemos tenido que esperar a que sean los tribunales quienes resuelvan la cuestión mediante sentencia firme que nos da la razón. Esta sentencia solo es aplicable a la persona afiliada que nos pidió que presentáramos la demanda, pero sienta precedente. Lo ideal hubiera sido poner solución a esta cuestión vía negociación, pero parece que esta administración se empeña en llevarnos a los tribunales, haciendo pasar a las personas por un proceso que siempre supone un desgaste personal y al gasto de un dinero público que se va a procesos judiciales y, en este caso, al pago de intereses de demora.
Esperamos que la administración recapacite y resuelva los casos pendientes a favor del PDI afectado además de que en el futuro se mantengan en nómina los sexenios ya reconocidos, con independencia de los cambios de categoría y del desarrollo de la carrera profesional del PDI.
jueves, 27 de mayo de 2021
ASOCIADOS Y RENOVACIONES DE CONTRATOS
ASOCIADOS Y RENOVACIONES DE CONTRATOS
El Real Decreto-Ley sobre medidas para la recuperación y el restablecimiento de la actividad empresarial, (Consejo de Ministros del 26 de mayo, ayer) incluye una disposición adicional, en la que se señala que los profesores asociados de las universidades pueden ser renovados para el curso 2021-2022 aunque no acrediten el ejercicio de una actividad profesional.
La situación socioeconómica provocada por la COVID-19 ha traído como consecuencia que determinadas profesoras y profesores asociados se hayan visto afectados por extinciones o suspensiones de sus relaciones laborales o por cancelaciones de su actividad profesional externa al ámbito académico.
Es por ello que, excepcionalmente, por motivos justificados y con un ámbito temporal limitado al curso 2021-2022, la renovación de dichos contratos podrá realizarse sin que sea necesario acreditar por parte de la persona contratada el ejercicio de una actividad profesional fuera del ámbito académico universitario.
Esta disposición adicional faculta a las universidades para que puedan proceder a dicha renovación, permitiendo así el mantenimiento de dichos empleos.

