miércoles, 22 de marzo de 2023

DIFICULTANDO LA FORMACIÓN AL PERSONAL INVESTIGADOR

DIFICULTANDO LA FORMACIÓN AL PERSONAL INVESTIGADOR


En diciembre os dimos parte de las enormes dificultades que estaba afrontando el personal predoctoral del Gobierno Vasco para poder realizar sus estancias en el extranjero (Programa Egonlabur), cuyos requisitos de estancia mínima fueron cambiados, sin aviso previo, de 3 a 4 meses. Hoy os contamos cómo quedó este asunto y os advertimos de otros abusos por parte del GV hacia su personal predoctoral que impiden su adecuada formación.


ACTUALIZACION: también la convocatoria de postdoctorales esta afectada por lo que comentamos en el segundo punto.

Dificultades en las estancias en el extranjero:
 
A pesar de que en su momento el GV indicó a las personas afectadas por este cambio de criterio que serían sensibles con quienes ya habían organizado sus estancias en base a 3 meses, ya estando en el extranjero, se han topado con una negativa rotunda a la hora de considerar la excepcionalidad de sus circunstancias, faltando a la palabra dada. Desde CCOO damos fe del engaño al que se ha sometido a estas personas puesto que nos pusimos directamente en contacto con la persona responsable de la convocatoria y nos transmitió exactamente lo mismo, pero guardándose de no informar por escrito, como ya detallamos en el comunicado en el que os sugerimos vías de actuación [1].
 
Las personas afectadas se han visto obligadas a pedir favores en los países de acogida y tramitar visados improvisadamente para poder alargar la estancia hasta los 4 meses, asumiendo unos trámites y costes asociados por evitar un mal mayor: el renunciar a la ayuda y pagarla de su bolsillo. Una auténtica vergüenza.
 
Como la UPV/EHU suele seguir en sus criterios a las directrices del GV, nos pusimos en comunicación con el Vicerrectorado de Investigación para transmitir la dificultad que puede suponer este cambio de criterio a la hora de gestionar permisos y visados en determinados países y solicitamos que se tenga esto en cuenta en las convocatorias propias de la universidad. Debemos decir que la respuesta por parte del Vicerrectorado ha sido de comprensión y esperamos que no contribuya en sus convocatorias a obstaculizar la formación de este personal.
 

Obstáculos graves a la formación:
 
Por si no fuera suficiente este maltrato por parte del GV, hemos detectado también una serie de artículos, a toda vista ilegales, en la convocatoria de predoctorales del GV que cercenan el derecho a la formación de este personal y que discrimina respecto al resto del personal de la UPV/EHU.

La convocatoria, en su artículo 13, puntos 3 y 4, que regula el régimen de incompatibilidad de este personal se dice:

3- El disfrute de una ayuda al amparo de esta Orden es incompatible con la realización de cualquier tipo de estudios reglados cualquiera que sea la modalidad de impartición, presencial o a distancia.

4- La Dirección de Investigación podrá autorizar la realización de estudios de idiomas cuya naturaleza y desarrollo en horarios fuera de la jornada laboral normalizada del centro de aplicación no suponga ningún perjuicio al desarrollo de la actividad investigadora de la persona beneficiaria.

La solicitud de autorización para la realización de estos estudios se hará mediante la aplicación informática al menos, con quince días de adelanto sobre la fecha prevista de inicio y deberá ir firmada por la persona directora y codirectora del proyecto de Tesis Doctoral y la persona investigadora.


El régimen de incompatibilidades general está previsto para que no se desarrollen otros trabajos, pero no se puede impedir la formación de las personas trabajadoras. Y, por otra parte, resulta curioso que esta restricción se refiera sólo a la formación reglada, lo que permitiría que la persona pudiera dedicarse a hacer miles de cursos de miles de horas no regladas, pero en este caso, entonces no pasaría nada.

Cada contrato predoctoral dispone de una evaluación del trabajo realizado. Si la evaluación es correcta, a lo que dediquen el tiempo libre el personal predoctoral es su asunto. Nos parece muy grave que el GV se dedique a decir lo que una persona puede hacer o no en su tiempo libre. Esto va radicalmente en contra del derecho a la formación del personal y, además, ni en el EPIPF y en la Ley de Ciencia existe ninguna limitación al respecto. Esto no ocurre en otras convocatorias.
 
El personal de la UPV/EHU tiene derecho a la formación, el personal predoctoral está recogido en el convenio y una convocatoria no puede limitar nuestros derechos. ¿Por qué esta discriminación? Es incomprensible e intolerable. 

Por ello, pedimos a la UPV/EHU que intervenga y solicite al GV que elimine con carácter urgente la prohibición de estudios, por ir en contra de la normativa aplicable a su personal. No debe olvidarse que el contrato lo firma la UPV/EHU y que el GV es un mero agente financiador y, por tanto, no puede cambiar el convenio que rige las relaciones laborales de este personal.
 
Si habéis tenido algún tipo de dificultad con este asunto os pedimos que contactéis con CCOO a través de nuestro correo electrónico.
 
CCOO lleva muchos años defendiendo como ningún otro sindicato al personal investigador en general, y al colectivo predoctoral en particular. En estos últimos años hemos logrado avances impensables para el colectivo. Como prueba de ello aquí tienes todo nuestro trabajo sobre el Personal Investigador y sobre el Personal Predoctoral.

Te pedimos que revises nuestro trabajo, que eches un ojo a nuestro programa y que, si te gusta nuestro trabajo, nos votes el 30 de marzo.
 

¡CCOO en defensa de la investigación!

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