viernes, 22 de marzo de 2024

CUANDO LA CONCILIACIÓN TE RESBALA

CUANDO LA CONCILIACIÓN TE RESBALA

 

El pasado sábado 23 de marzo se celebró el Día Nacional de la Conciliación y la Corresponsabilidad y desde CCOO, como sindicato para el que esta cuestión es prioritaria, queremos denunciar el incumplimiento del programa electoral de la rectora. La UPV/EHU no ha hecho prácticamente nada, ni siquiera para asegurar el cumplimiento de la normativa básica.

A pesar de que últimamente este sindicato haya logrado arrancar algunos importantes avances de los que ya os hemos informado, como por ejemplo la compatibilidad entre el permiso de lactancia y la excedencia por cuidado de hijos y avances en los permisos por hospitalización, lo cierto es que es mucho mas lo que queda por hacer que lo conseguido.

En este día señalado CCOO denuncia públicamente la enorme resistencia que, con carácter general, ofrece este equipo rectoral a la llegada de mejoras a su personal. En cambio, durante los ya más de 3 años de mandato de la Rectora, hemos podido comprobar en carnes propias cómo no pierde un segundo para imponer medidas que recortan nuestros derechos laborales. Además, no se trata sólo de una mera resistencia, sino de su modus operandi mediante el cual también se atreve a faltar al respeto de los tribunales de justicia, como ya denunciamos anteriormente en su momento [1].

Evidentemente, la Rectora se ha olvidado de su programa electoral:

“8.- Impulsar aquellos planes que mejoren la vida laboral y reviertan por tanto en un personal universitario más motivado y saludable. Especial atención a las medidas de conciliación y adecuación del plan del teletrabajo”

Le recomendamos a la Rectora que se ponga las pilas y que comience a trabajar en ello antes de finalizar su mandato y cumpla con su programa, especialmente si tiene intención de presentar de nuevo candidatura.


¿Qué hay pendiente en materia de igualdad, conciliación y corresponsabilidad?

1- Cierres de centros: con la excusa de los decretos de ahorro energético, la UPV/EHU impuso, sin negociación alguna, medidas lesivas para el personal como los recortes en la calefacción y el cierre de centros durante el verano, turnos de navidad y semana santa, comprometiendo seriamente la conciliación en periodos de vacaciones escolares.

No conformándose con limitar la flexibilidad para el disfrute de nuestro tiempo libre, también hemos recibido presiones injustificadas, derivadas de las “necesidades del servicio”, para que encima se nos diga cuándo debemos coger nuestras vacaciones, tal y como denunciamos el pasado verano en estos comunicados [2], [3].

CCOO ha sido el sindicato que ha actuado y sigue dando la batalla en este sentido. Prueba de ello son los recursos administrativos inicialmente, y acudiendo después a los tribunales [4]. Estamos a espera de sentencia.

En puertas de la semana santa, muchas personas que hubieran querido haber iniciado sus vacaciones hoy mismo deben quedarse con las ganas y adaptarse a las fechas impuestas desde Gerencia. Los niños y niñas ya están de vacaciones, pero a la rectora ni le va ni le viene.


2- Guía de conciliación: este equipo rectoral lleva tomándonos el pelo y postponiendo sine die la llegada de mejoras pendientes desde el año 2019, como hemos denunciado en múltiples ocasiones.

El torticero modo de proceder consiste en postponer la negociación de las mejoras propuestas por los sindicatos que van más allá de la legislación básica hasta que se tenga lista la Guía. Mientras tanto, se nos entretiene con la presentación de una Guía de Conciliación chapucera, plagada de errores siempre en perjuicio de su personal (CCOO presentó 139 alegaciones [5]), que no se corrigen pese a que presentamos repetidamente alegaciones informando de dichos errores que son permanentemente ignoradas, esperando a que nos cansemos de insistir y aceptemos pulpo como animal de compañía.

Destacar que CCOO solicitó a la gerenta que esta Guía debía ser analizada exhaustivamente por personal técnico en la materia para asegurar el cumplimiento de la UPV/EHU con la legislación básica, sin embargo nos dijo que no piensa pedir informes jurídicos ni técnicos que avalen su correcta redacción, prefiriendo dejar a los sindicatos una responsabilidad que realmente no nos compete y luego, si hay errores, será culpa de los sindicatos.


3- Teletrabajo: pese a las novedades a nivel Euskadi donde, a través del Decreto 113/2023 donde el Gobierno Vasco regula el teletrabajo para el personal del Sector Público Vasco, desde Gerencia se nos dice que no nos aplica y se quedan tan anchos, dejándonos en unas condiciones vergonzantes respecto al resto de administraciones.

Con esta excusa, continuamos con una regulación completamente insuficiente del teletrabajo y con la negociación de un nuevo acuerdo guardada en el cajón del olvido, sin poder entrar a negociar las propuestas de este sindicato que SI están basadas en la normativa que realmente nos corresponde [6].


4-Plan de Igualdad: la UPV/EHU no cuenta con Plan de Igualdad entre mujeres y hombres, a pesar de ser una obligación legal desde 2020. La Dirección para la Igualdad ha presentado una propuesta de Plan de Igualdad que no es sino una mera copia del Plan del periodo 2018-2022. [7]

Esta propuesta no cumple con los mínimos legales. Así, no establece el presupuesto para su ejecución ni medidas concretas con objetivos cuantitativos y verificables. Desde CCOO estamos exigiendo que se presente una propuesta que, como mínimo, sea conforme a la normativa.

Evidenciamos que la Igualdad no es una prioridad para este Equipo Rectoral, no está en su agenda, ni se le espera.


5- Ausencia de informes de perspectiva de género: legalmente está establecido que cada una de las normas que se ponen en vigor, deben incluir un informe de perspectiva de género que asegure la igualdad de trato entre hombres y mujeres. La UPV/EHU no hace este tipo de informes a los que está legalmente obligada pese a que este sindicato ha insistido en ello en repetidas ocasiones.


En CCOO no nos olvidamos de nuestro programa electoral y seguiremos peleando por conseguir cumplir con él.


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miércoles, 20 de marzo de 2024

CRITERIOS DE ACREDITACIÓN CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS

CRITERIOS DE ACREDITACIÓN CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS


Hoy mismo han sido publicados los nuevos criterios de acreditación estatal para cuerpos docentes universitarios. En esteenlace podéis ver las novedades y aquíel texto completo.


Celebramos que se hayan tomado en consideración algunos de los aspectos que destacamos en nuestro último comunicado, como la eliminación de ciertos requisitos mínimos y criterios de duración, por ejemplo en el apartado de transferencia. Sin embargo, desde ANECA se señala que se han analizado todas las aportaciones recibidas, pero no podemos tener constancia de ello ni de las que finalmente han tenido la voluntad de incluir en el documento final.


CCOO lamenta que, a pesar de los cambios en la dirección de ANECA, se continúe por la senda de la falta de negociación con los representantes de los trabajadores y trabajadoras elegidos democráticamente.

 

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martes, 19 de marzo de 2024

PERMISO POR HOSPITALIZACIÓN DE FAMILIARES Y CONVIVIENTES

PERMISO POR HOSPITALIZACIÓN DE FAMILIARES Y CONVIVIENTES

 

El artículo 48 del EBEP establece los días de permiso del personal empleado público por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de familiares o convivientes, que pueden ser de 5 o 4 días en función del grado de parentesco.

 

Del mismo modo que os informamos la semana pasada del logro de CCOO mediante el cual hemos conseguido que la UPV/EHU admita la compatibilidad del permiso de lactancia con la excedencia por cuidadode hijos e hijas, te informamos ahora de nuestros avances en relación al permiso por hospitalización de familiares y convivientes.

 

Situación:

La UPV/EHU, como es costumbre, ha venido haciendo una interpretación restrictiva de este permiso indicando que el disfrute de estos días debía ser consecutivo.

Sin embargo, la jurisprudencia lleva ya tiempo admitiendo la posibilidad de que el disfrute de estos días pudiera ser fraccionado por considerar que, de este modo, se facilita cumplir con el objetivo del permiso, que es la atención y cuidado de familiares o convivientes en situación de vulnerabilidad.

 

Nuestra acción sindical:

Gracias a nuestro trabajo e insistencia dentro de la Comisión Intersectorial para la Igualdad, donde hemos exigido a la administración que ponga fin a esta interpretación lesiva de los derechos del personal, CCOO ha conseguido que la Guía de Conciliación de la UPV/EHU incluya expresamente la siguiente interpretación del uso del permiso:

 

“En los supuestos de hospitalización, no es imprescindible que los días sean consecutivos, pero no podrá ejercerse después de haber transcurrido 15 días del alta hospitalaria.”

A su vez queremos destacar que los días de este permiso se refieren a días hábiles, por lo que no computan a estos efectos los fines de semana ni días festivos.


Nuestra valoración:

Aunque nos ha costado mucho, celebramos que la administración haya escuchado y atendido finalmente a la exigencia de este sindicato.

Consideramos que poder contar con una mayor flexibilidad en momentos de gran dificultad, o incluso críticos en algunas ocasiones,  supone un avance muy importante en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral. De este modo, CCOO logra de nuevo poner en el centro a las personas y a los cuidados, cuestión absolutamente prioritaria para este sindicato.

Solicitamos a la UPV/EHU que transmita inmediatamente a los servicios implicados en esta materia la nueva interpretación de estos permisos, que corrija la información publicada en la web así como los formularios de solicitud para que nadie se quede sin poder ejercer sus derechos.

Por nuestra parte, seguiremos trabajando en favor del personal de la UPV/EHU, para lograr hacer efectivos todos los permisos y derechos contemplados en la legislación básica, así como para seguir avanzando en la consecución de los nuevos derechos que reivindicamos en nuestro programa electoral.


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jueves, 14 de marzo de 2024

PERMISO DE LACTANCIA Y EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE HIJAS/HIJOS

PERMISO DE LACTANCIA Y EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE HIJAS/HIJOS


El 18 de octubre de 2023 CCOO se puso en contacto con la administración para exigir cambios en su interpretación restrictiva de la normativa mediante la cual, según la UPV/EHU, los permisos de lactancia eran incompatibles con una posterior solicitud de excedencia por cuidado de hijas o hijos.


El origen de la controversia:

La administración ha venido sosteniendo, equivocadamente, que el tiempo de lactancia, en cualquiera de sus modalidades, se refiere a días de trabajo efectivo por lo que, según su criterio, si se solicita un periodo de excedencia antes de que el menor cumpla los 12 meses, ese periodo no computa a efectos del permiso de lactancia y, por tanto, hay que “regularizarlo” posteriormente. Es decir, los días del periodo de excedencia no generan derecho y se restan del total del permiso de lactancia.

CCOO, en cambio, considera que esta interpretación, además de no estar ajustada a nuestra normativa, ni al EBEP, ni al Acuerdo de la Comisión Intersectorial para la Igualdad de la UPV/EHU, de 23 de marzo de 2022, es discriminatoria para las mujeres, tal y como ya lo ha puesto de manifiesto el Tribunal Supremo en su sentencia 570/2022 de 22 de junio.


Que ha hecho CCOO al respecto:

Ante esta diferencia de criterios, el 26 de octubre solicitamos tanto a la administración, como al Aldezle y a la Dirección para la Igualdad, que se cumpliera la normativa de la UPV/EHU en el sentido mencionado. Es decir, la consideración del permiso de lactancia como un permiso retribuido, no vinculado a la exigencia de trabajo efectivo y cuya aplicación no puede interpretarse en un sentido que suponga una discriminación indirecta a las mujeres.


Desenlace:

Ayer, 13 de marzo, 5 meses después y tras haber tenido que insistir en que se resuelva esta cuestión en varias ocasiones, por fin hemos recibido respuesta de la Dirección de la Igualdad en la que se estima que la interpretación de CCOO no contradice norma alguna y ayuda a la conciliación, dándonos la razón.


Exigimos:

1- Que la UPV/EHU transmita inmediatamente a los servicios implicados en esta materia la nueva interpretación, que corrija la información publicada en la web así como los formularios de solicitud en los que sigue apareciendo la incompatibilidad entre permiso por lactancia y excedencia por cuidado de hija o hijo y que proceda a regularizar la situación de las mujeres agraviadas por esta interpretación restrictiva y discriminatoria.

2- Mayor diligencia por parte de la administración a la hora de resolver estas cuestiones de tan alto impacto para la vida de las personas trabajadoras. Consideramos inaceptable que tras ser advertidos de una práctica que incumplía la normativa desde el 2022, hayan necesitado 5 meses para responder, pudiendo, mientras tanto, haber perjudicado a mujeres en situación de excedencia por cuidado de hijas o hijos.

 

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jueves, 7 de marzo de 2024

PARA MEJORAR LA VIDA DE LAS MUJERES

PARA MEJORAR LA VIDA DE LAS MUJERES

CCOO, como sindicato feminista, manifiesta su firme compromiso de seguir luchando contra la discriminación laboral de las trabajadoras en cualquiera de sus formas y negociando propuestas que mejoren las condiciones de vida de las mujeres.

 

Antes de nada, y en lo que a la UPV/EHU se refiere: 

Desde CCOO queremos animarte a participar en la elaboración del IV Plan de Igualdad de la UPV/EHU!

CCOO está participando activamente en el proceso de elaboración del IV Plan de Igualdad. Hemos conseguido que la Dirección de Igualdad retire su propuesta, que no era sino una copia del Plan anterior, que incumplía la normativa vigente y no proponía acciones ejecutables ni verificables.

También hemos solicitado que los diagnósticos sobre situación actual y auditoria retributiva en la UPV/EHU, se completen de acuerdo a lo exigido legalmente.

Gracias a la nueva normativa sobre Planes de Igualdad, es obligatoria su negociación con los representantes del personal. Ello nos va a dar la oportunidad de contar con un Plan en el que los intereses de las trabajadoras estén presentes de verdad.

Queremos un Plan útil, ambicioso, con objetivos y medidas cuantificables, con un presupuesto adecuado para su ejecución y con herramientas para monitorizar su cumplimiento.

Para lograr el mejor Plan, necesitamos vuestra colaboración, necesitamos que compartáis con CCOO vuestras propuestas, sugerencias, ideas, inquietudes. Un plan participado y compartido. Puedes enviarnos tus sugerencias a ccooupv-bi@ehu.eus.

 

Y ya en clave general decimos que:


El feminismo está siendo el mayor motor de transformación social, y de ahí el empeño de las facciones sociales más reaccionarias de condenarlo, pero detrás del mismo hay más de 40 años de historia de lucha de muchas mujeres. Luchas constantes, comprometidas y arriesgadas pero libradas con la alegría que produce ir acabando con las múltiples discriminaciones y apostando con creatividad, sonoridad y alegría por unas condiciones de vida justas. Estas luchas se han librado en todos los ámbitos, donde el laboral no ha sido el menor. Las mujeres necesitamos independencia también económica para ser autónomas y no depender de nadie. El trabajo asalariado ha sido una de esas fuentes de autonomía y la necesaria batalla por el acceso al empleo, la promoción profesional, la corresponsabilidad, la igualdad salarial o el fin de la violencia son objetivos sindicales. Por esta razón desde CCOO también reivindicamos el feminismo sindical, que colabora con el resto de feminismos para lograr dinamitar el machismo que aún persiste y conseguir extender el feminismo a todos y cada uno de los espacios.

 

La subida del SMI #EsFeminismo

Reducir la brecha salarial #EsFeminismo

La reforma laboral #EsFeminismo

La reforma de las pensiones #EsFeminismo

Negociar planes de igualdad #EsFeminismo

La lucha contra el acoso sexual #EsFeminismo

Pero también es feminismo romper los estereotipos de género en el acceso, impedir preguntas sexistas, acabar con la penalización de la reducción de jornada, conseguir permisos para las menstruaciones incapacitantes, lograr flexibilidad de la jornada, sensibilizar contra la homofobia, reducir la jornada laboral, hacer registros retributivos para ver los sesgos en los complementos salariales, valorar el puesto de trabajo atendiendo a capacidades y habilidades féminas históricamente solicitadas, pero ni reconocidas, ni pagadas, implementar una prevención de riesgos laborales acorde a los cuerpos y realidad de las mujeres.
 

Todo ello y mucho más #EsFeminismo y además de animar a la afiliación a sumarse a las convocatorias del movimiento feminista en los distintos lugares, manifestamos nuestro compromiso con un #FeminismoSindical que hará a las mujeres más autónomas, felices e independientes.

 

Manifestaciones:

Bilbao: 19:00 Sagrado Corazón 

Vitoria-Gasteiz: 18:00 San Antón

Donostia: 18:30 el túnel de Antiguo


 

Documentación adicional:

Aquí tienes nuestro manifiesto 

 

 

jueves, 29 de febrero de 2024

COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LAS ANTIGUAS BECAS

COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LAS ANTIGUAS BECAS

El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones incluyó una importante novedad al regular la inclusión en el sistema de Seguridad Social del alumnado que realice prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.


Se trataba de una reivindicación histórica de CCOO, con el objetivo de ofrecer garantía jurídica a las practicas del alumnado, así como garantizar sus derechos laborales.

Un aspecto importante de esta normativa es que, incluye la posibilidad de que las personas que, con anterioridad a su entrada en vigor, se hubieran encontrado en esta situación, puedan regularizarla.

Se trata de las popularmente conocidos como “antiguas becas”, algo de lo que ya os informamos anteriormente. [1]


De beca en beca hasta los cuarenta:


En la UPV/EHU, durante muchos años, se usaron las “falsas becas” para encubrir trabajo realizado por alumnado en condiciones de precariedad y a coste de saldo. Durante estos periodos, que en ocasiones, se prolongaban durante varios años, esos “maravillosos años” de juventud e ilusión, los “falsos becarios”, no solo no cotizaban a la Seguridad Social careciendo por tanto de la protección necesaria frente a bajas por enfermedad, maternidad, incapacidades, generación de derechos para jubilación, etc…sino que tampoco le eran de aplicación las garantías de los Convenios Colectivos y la normativa laboral básica, como retribuciones acorde a las funciones desarrolladas, promoción profesional, garantías frente a ceses indebidos, salud laboral, antigüedad, vacaciones, etc…

Estaban en el limbo del mundo becaril. Jóvenes muy cualificados, con los mejores expedientes académicos, que dedicaron años a trabajar en la UPV/EHU a cambio de unas “falsas becas”, que no eran sino unas cantidades irrisorias por el trabajo realizado, que podría referirse tanto a actividades de investigación como de gestión e incluso puede que a más de uno le pusieran a dar clase.

El problema es que los sufridores de las antiguas becas se han hecho mayores y la fecha de jubilación se acerca sin que haya dado tiempo a cotizar el periodo suficiente para acceder a una pensión de jubilación digna.

De ahí, la necesidad y urgencia de medidas que compensen estos periodos en blanco del Certificado de Vida Laboral, como la previsión del RDL 2/2023 que permite suscribir un convenio especial, con la Seguridad Social, por una única vez, que posibilite el cómputo de cotización por los períodos de formación o realización de prácticas no laborales y académicas realizadas antes de la fecha de entrada en vigor de esta norma.

Así, los periodos de formación como “becaria” se pueden incluir para su cómputo como cotizados, hasta un máximo de cinco años y aclara que, el convenio especial podrá ser suscrito por quienes hayan sido becarios de investigación predoctoral con anterioridad a la aprobación del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación.

Hay que recordar que el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, permitió la regularización de periodos de becas, pero solo hasta 2 años. El RDL 2/2023 permite ampliar este periodo a regularizar hasta los 5 años, es decir, incluir 3 años más.

Actualmente, está en elaboración el Proyecto de Orden por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, realizadas con anterioridad a su fecha de entrada en vigor.

El objetivo de este proyecto de orden es regular la inclusión en el sistema de la Seguridad Social del alumnado que realizó prácticas formativas y prácticas académicas externas, incluidas en programas de formación con anterioridad a la entrada en vigor del RDL 2/2023.


CCOO, agente activo en la mejora de la normativa


CCOO ha realizado una serie de alegaciones a esta Orden Ministerial, sobre las siguientes cuestiones:

  • Incluir al colectivo de personas que desarrollaron programas de formación de naturaleza investigadora con anterioridad al RD 1326/2003, de 24 de octubre, por el que se aprobó el Estatuto del becario de investigación, así como no limitar al plazo de 5 años susceptible de regularización.

  • Ampliación del plazo de solicitud hasta el 31/12/2032 para facilitar la asunción de los costes que supone la suscripción de este convenio especial, así como permitir el fraccionamiento de las cuotas a pagar.

En definitiva, se trata de facilitar y flexibilizar la posibilidad de acogerse a la suscripción de este Convenio que permita tener en cuenta los periodos reales trabajados en forma de becas a efectos del cálculo de la pensión de jubilación.

Para CCOO, se trata de una cuestión de gran importancia ya que el colectivo de personas trabajadoras que han permanecido años sin un contrato de trabajo, con la fórmula de las “Falsas Becas”, es muy relevante.

La normativa todavía está en fase de elaboración, pero es importante que CCOO pueda participar en la mejora de la misma.

Desde CCOO te informaremos de las novedades que se vayan produciendo respecto a este Proyecto de Orden. Si eres una persona afectada ve haciendo tus cálculos y, llegado el momento, si consideras conveniente acogerte a esa posibilidad y necesitas asesoramiento para el trámite del Convenio con la Seguridad Social, podrás contar con CCOO para que te informemos.

 

 

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ACREDITACIÓN ANECA: ¡EXIGIMOS CAMBIOS!

CCOO EXIGE CAMBIOS EN LOS NUEVOS CRITERIOS DE ACREDITACIÓN ESTATAL 

 

CCOO se reúne hoy jueves 29 de febrero con la Directora de la ANECA con el objetivo de plantearle nuestras peticiones de cambios en sus nuevos criterios de Acreditación estatal para los cuerpos docentes TU y CU.



Considerando el procedimiento de ANECA para realizar la consulta sobre sus nuevas propuestas de acreditación y la cercanía de nuestra reunión con su Directora, en CCOO consideramos de especial relevancia difundir nuestra principales preocupaciones. Independientemente que más adelante también publicitaremos las propuestas concretas sobre cada apartado.

El pasado 8 de febrero, la ANECA hizo público el borrador de criterios de evaluación y requisitos mínimos de referencia para la acreditación a TU y CU y abrió un proceso de participación para recibir sugerencias de la comunidad universitaria y otras agencias de evaluación. 

Independientemente del resultado de dicho proceso, desde CCOO exigimos la negociación del borrador de criterios con la representación legal del personal docente e investigador, más allá de los procesos de consulta previos que la ANECA quiera establecer.  

Nos parece correcto que la ANECA pretenda recoger ideas a través de un “proceso participativo”, pero estos criterios de evaluación afectan a las condiciones de trabajo del profesorado y del personal investigador, por lo que legalmente deben ser establecidos en un proceso de negociación colectiva. Es escandaloso que el criterio de la ANECA sea “poner el foco en las propuestas más apoyadas”, como si fuera una consulta en redes sociales. 

A continuación, recogemos algunos de los aspectos que deben ser tenidos en cuenta:

En primer lugar, las personas a las que representamos están hartas de que se les cambien los criterios que permiten el desarrollo de la carrera académica de manera errática y retroactiva. Las personas planifican su carrera con los criterios en vigor y no es aceptable que se impongan como obligatorias actividades que antes no lo eran y que mucho de lo realizado ahora no vaya a ser tenido en cuenta. Al igual que en otros procedimientos donde los méritos se obtienen a lo largo de muchos años, la implantación de un nuevo modelo no puede significar que se perjudique a las personas que han estado obteniendo méritos según las reglas actuales y que, en breve, iban a solicitar la acreditación. Es necesario que los criterios sean conocidos con antelación, y por tanto, se necesita una cierta transitoriedad.

Consideramos que estos criterios no cumplen con lo establecido en la Disposición Transitoria cuarta (DT4) de la LOSU, que señala que éstos deben adaptarse a una nueva carrera docente e investigadora más corta. Aunque nos parece bien que los criterios sean generales para todas las áreas de conocimiento, el ajuste a la nueva carrera académica promulgado en la DT4 debe ser efectivo y real para todas las áreas. Después del análisis realizado por CCOO, podemos corroborar que en algunas áreas de conocimiento se han producido importantes ajustes en los criterios y sin embargo en otras prácticamente no han sido modificados, generando una discriminación absurda e injusta.

Recordemos que, en la nueva carrera académica dibujada por la LOSU, la figura de entrada al sistema es la de Profesor Ayudante Doctor (PAD), cuyo contrato es de 6 años de duración. Pues bien, se supone que tras ese periodo el personal tiene que haber reunido los requisitos y méritos necesarios para cumplir, al menos, los criterios para conseguir la acreditación a TU sin necesidad de pasar por un contrato de Profesorado Permanente Laboral (antiguo Contratado Doctor). Pero si atendemos a los nuevos criterios podemos observar, por ejemplo, que para alcanzar la puntuación máxima en “actividad investigadora” se necesitan dos sexenios de investigación. Por tanto, no se dará igualdad de oportunidades desde la propia convocatoria, ya que será difícil que nadie pueda justificar dos sexenios de investigación antes de la finalización del contrato de PAD, salvo que previamente haya obtenido contratos de investigación posdoctoral que le permitan acceder a esos méritos. Lo que es una contradicción porque implicaría un añadido adicional obligatorio a la nueva carrera académica, ya que la teoría LOSU de Predoc => PAD => TU => CU se transforma, en la práctica, en Predoc => Postdoc => PAD (¿+PPL?) => TU => CU. Sinceramente no vemos cómo estos nuevos criterios pueden ayudar a hacer "más corta" la carrera académica actual.

Otro aspecto claramente discriminatorio es la omisión de medidas para eliminar la brecha de género en estos criterios. Al respecto, el borrador solo indica que “la Directora de ANECA aprobará una resolución específica para incorporar criterios que garanticen que la igualdad, la conciliación y la inclusión sean efectivas”. Desde luego, no ayuda a eliminar la brecha de género solicitar requisitos y duración mínimos en criterios como estancias (3 meses), proyectos de transferencia y divulgación (1 año), gestión (4 años) o requisitos de liderazgo que tradicionalmente han sido ocupados por hombres y lo siguen siendo (IP de proyectos de investigación a los que se vinculan contratos de atracción de talento). Esta falta de concreción en medidas efectivas es incongruente, especialmente porque la desigualdad existente entre hombres y mujeres en estos aspectos ya fue reconocida por la propia ANECA en el informe “Brecha salarial de género en las universidades públicas españolas (2023)” publicado junto con el Ministerio de Universidades y la CRUE.

La eliminación de la posibilidad de compensar unos apartados con otros, sumado a la imposición de mínimos en la mayoría de los méritos a cumplir, establece, de hecho, una serie de requisitos sine qua non, que transforman la carrera académica y convierten al profesorado universitario en una especie de “hombres y mujeres orquesta” obligadas a estar más pendientes de la multitud de criterios que deben reunir que a su desempeño profesional. Se debería tender a un sistema de autoevaluación donde todos los méritos se valoran, pero no se establecen requisitos excluyentes y cada persona es capaz de diseñar su propia carrera profesional en virtud de sus fortalezas.

Aunque la docencia adquiere algo más de relevancia en la evaluación, el modelo rezuma una mayor valoración y tendencia hacia la investigación. Esto se puede observar en que las personas que tienen un perfil de investigación excepcional (programas de excelencia investigadora del ERC) son eximidas de los requerimientos en el apartado de docencia, algo que resulta paradójico. ¿Por qué se hace impensable eximir de la investigación a alguien con resultados excelentes en docencia pero no al revés? Además, estos resultados de excelencia investigadora no dependen, únicamente, de la calidad de las personas que investigan, sino del contexto e infraestructuras existentes donde realizan su labor, por lo que incrementa la desigualdad en el modelo.

Esto último es una constante en la propuesta presentada. Es decir, existen multitud de criterios que no dependen de la persona que se presenta a la evaluación. Esto potencia las desigualdades por género, área de conocimiento, tamaño y prestigio de la universidad, grupo o centro de investigación. Algunos ejemplos de estos criterios pueden ser: dirección de equipos de investigación, ser IP de proyectos, desempeño de cargos unipersonales con un mínimo de duración, dirección de tesis doctorales (existen departamentos universitarios sin programa de doctorado propio), pluralidad e interdisciplinariedad docentes, etc.

En el caso de CU, tener que reunir muchos de los criterios en los últimos 10 años no hace sino poner una barrera inexplicable a modo de “grifo” o embudo para limitar el número de Catedráticos y Catedráticas en el sistema. La carrera académica de una Cátedra es dilatada en el tiempo y los méritos “antiguos” también deben ser tenidos en cuenta, porque son fruto del esfuerzo personal y una aportación real que no puede ni debe ser "olvidada".

Por último, en cuanto a estancias de investigación y resultados de transferencia, además de la eliminación de requisitos de mínimos y duración, se hace necesario un incremento en la financiación de estas actividades, para que sean realmente efectivos, justos y participativos. El ejemplo más claro está en la convocatoria del sexenio de transferencia, de la que no se tiene noticias. El hecho de puntuar un criterio que sólo pudo ser obtenido en una única convocatoria piloto va en contra del principio de igualdad ante este proceso de evaluación.

Desde CCOO exigimos que, una vez que finalice el proceso participativo, se abra, tal y como establece la normativa de aplicación, una verdadera negociación con la representación legal del personal docente e investigador.
 

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