Valoración de CCOO UPV/EHU a la sentencia del TJUE
Por
fin el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado
sentencia acerca del abuso o fraude en la contratación temporal en
las administraciones públicas.
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Esto se refiere principalmente a todo ese personal que encadena interinidades por más de tres años, y a situaciones similares donde se ocupan puestos, o se realizan tareas, que realmente son estructurales y deberían cubrirse con personal funcionario de carrera o en su caso, laboral fijo.
Como
ya explicamos anteriormente, el TJUE debía “comparar” de alguna
manera, la actuación de las administraciones públicas y la
legislación al respecto en España, con el Acuerdo Marco sobre
trabajo de duración determinada, especialmente su cláusula 5.
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Este Acuerdo, y esa cláusula, tienen como fin precisamente evitar el abuso o fraude en la contratación “temporal” pero que de facto es “indefinida” ya que se utiliza para cubrir necesidades o puestos de trabajo estructurales,.
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El TJUE considera que al constatar la existencia del abuso en esta contratación temporal, debe imponerse una sanción disuasoria y se limita a indicar que los tribunales nacionales deberán decidir si la “sanción apropiada” es la organización de procesos selectivos, la trasformación en indefinido no fijo o una indemnización, etc.
Por desgracia la sentencia elude pronunciarse de manera especifica
sobre la cuestión de la trasformación automática en indefinidos,
fijos o no fijos, cuando exista abuso de temporalidad remitiendo la
decisión concreta a los tribunales españoles, algo que realmente
estaba ocurriendo actualmente.
El
cambio sustancial y muy importante es que, a tenor de la sentencia,
va a ser difícil que las Administraciones nieguen el abuso y
pretendan que con limitadas ofertas de empleo se justifique la
bondad de la contratación temporal, que es lo que actualmente
alegaban en instancias judiciales. El tema, por lo tanto nos tememos, va a seguir estando caso por caso en manos de los
juzgados, que deberán seguir estas directrices que ahora marca
el TJUE, o hasta que surja jurisprudencia o se unifique la doctrina
en el Supremo.
Esto
será así a menos que se articule desde las Administraciones
Publicas (nuestra UPV/EHU en concreto) un sistema que permita
solucionar la falsa temporalidad: ya sea mediante
procesos selectivos, consolidaciones, etc. Todo ello con garantías
jurídicas.
Queda claro que la Administración deberá tomar medidas para
corregir el inmenso abuso existente, porque ese es el sentido de la
sentencia del TJUE.
Lo
“fácil” en teoría podría ser optar por indemnizar, pero la
realidad dice que eso sería antisocial y sin sentido porque los
puestos son necesarios y además seria enormemente costoso; costes
todavía más inasumibles en la situación en que nos va a dejar la
pandemia del COVID-19.
Las
indemnizaciones, además, serán pan para hoy y hambre para mañana.
Ya que las necesidades estructurales van a seguir existiendo. Además
la sentencia avala que la mejor vía para solucionar el problema es
transformar la relación laboral temporal en fija mediante los
mecanismos legales oportunos
Por
ello, nuestra propuesta y nuestra lucha van a ser siempre en favor
de la transformación, del empleo “temporal” pero de facto
estructural, en empleo fijo, mediante las fórmulas legales que
lo permitan, principalmente consolidación de empleo u otras que
reparen esta situación injusta. Os llamamos a todos a defender
unidos los derechos de los trabajadores falsamente temporales.
¡Con la fuerza de todos lograremos que los abusos de la temporalidad
se acaben!
Información adicional:
Nota publica del Área Pública de CCOO
Nota de prensa del TJUE
Información adicional:
Nota publica del Área Pública de CCOO
Nota de prensa del TJUE
¡Afiliate!
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