viernes, 20 de marzo de 2020

Sentencia TJUE valoración CCOO UPV/EHU


Valoración de CCOO UPV/EHU a la sentencia del TJUE




Por fin el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia acerca del abuso o fraude en la contratación temporal en las administraciones públicas.
 
  • Esto se refiere principalmente a todo ese personal que encadena interinidades por  más de tres años, y a situaciones similares donde se ocupan puestos, o se realizan tareas, que realmente son estructurales y deberían cubrirse con personal funcionario de carrera o en su caso, laboral fijo.

Como ya explicamos anteriormente, el TJUE debía “comparar” de alguna manera, la actuación de las administraciones públicas y la legislación al respecto en España, con el Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada, especialmente su cláusula 5.
  • Este Acuerdo, y esa cláusula, tienen como fin precisamente evitar el abuso o fraude en la contratación “temporal” pero que de facto es “indefinida” ya que se utiliza para cubrir necesidades o puestos de trabajo estructurales,.
  • El TJUE considera que al constatar la existencia del abuso en esta contratación temporal, debe imponerse una sanción disuasoria y se limita a indicar que los tribunales nacionales deberán decidir si la “sanción apropiada” es la organización de procesos selectivos, la trasformación en indefinido no fijo o una indemnización, etc.

Por desgracia la sentencia elude pronunciarse de manera especifica sobre la cuestión de la trasformación automática en indefinidos, fijos o no fijos, cuando exista abuso de temporalidad remitiendo la decisión concreta a los tribunales españoles, algo que realmente estaba ocurriendo actualmente. 

El cambio sustancial y muy importante es que, a tenor de la sentencia, va a ser difícil que las Administraciones nieguen el abuso y pretendan que con limitadas ofertas de empleo se justifique la bondad de la contratación temporal, que es lo que actualmente alegaban en instancias judiciales. El tema, por lo tanto nos tememos, va a seguir estando caso por caso en manos de los juzgados, que deberán seguir estas directrices que ahora marca el TJUE, o hasta que surja jurisprudencia o se unifique la doctrina en el Supremo. 

Esto será así a menos que se articule desde las Administraciones Publicas (nuestra UPV/EHU en concreto) un sistema que permita solucionar la falsa temporalidad: ya sea mediante procesos selectivos, consolidaciones, etc. Todo ello con garantías jurídicas.

Queda claro que la Administración deberá tomar medidas para corregir el inmenso abuso existente, porque ese es el sentido de la sentencia del TJUE.

Lo “fácil” en teoría podría ser optar por indemnizar, pero la realidad dice que eso sería antisocial y sin sentido porque los puestos son necesarios y además seria enormemente costoso; costes todavía más inasumibles en la situación en que nos va a dejar la pandemia del COVID-19.

Las indemnizaciones, además, serán pan para hoy y hambre para mañana. Ya que las necesidades estructurales van a seguir existiendo. Además la sentencia avala que la mejor vía para solucionar el problema es transformar la relación laboral temporal en fija mediante los mecanismos legales oportunos

Por ello, nuestra propuesta y nuestra lucha van a ser siempre en favor de la transformación, del empleo “temporal” pero de facto estructural, en empleo fijo, mediante las fórmulas legales que lo permitan, principalmente consolidación de empleo u otras que reparen esta situación injusta. Os llamamos a todos a defender unidos los derechos de los trabajadores falsamente temporales. ¡Con la fuerza de todos lograremos que los abusos de la temporalidad se acaben!


Información adicional:

Nota publica del Área Pública de CCOO
Nota de prensa del TJUE 

 


¡Afiliate!

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